Violación del Derecho de Libre Expresión del pensamiento
El director de educación departamental, Carlos
López, citó a los supervisores de Quetzaltenango
para que aclararan por qué permitieron que los
alumnos portaran mantas en rechazo al presidente
Jimmy
Morales.
“Buscamos que no se repita en los siguientes
desfiles, porque los niños pueden ser golpeados.
Sabemos que hay dos grupos, uno a favor y otro en
contra, por eso sancionaremos de forma
administrativa a los responsables que portaron
pancartas, no he recibido ninguna presión del
ministro o presidente de la República”, comentó
López.
Ramón Yax, supervisor de educación primaria,
respondió a la orden de López, de que se sancione
administrativamente a los directores de los
establecimientos que permitieron que se portaran
las mantas. “Asumo la responsabilidad por no
impedir que sacaran esa pancarta, sin embargo,
tengo derecho de defensa, no me arrepiento, porque
es el sentir de la mayoría de la población, podría ser
una represión de parte del Gobierno, es una forma
de callar el pueblo y romper la democracia”,
comentó Yax.
Artículo 35.- Libertad de emisión del
pensamiento. Es libre la emisión del
pensamiento por cualesquiera medios de
difusión, sin censura ni licencia previa.
Este derecho constitucional no podrá ser
restringido por ley o disposición
gubernamental alguna. Quien en uso de
esta libertad faltare al respeto a la vida
privada o a la moral, será responsable
conforme a la ley. Quienes se creyeren
ofendidos tienen derechos a la publicación
de sus defensas, aclaraciones y
rectificaciones.