Derecho Aeronautico 2 | Page 4

análisis jurídico arrendamiento aeronaves

Su naturaleza jurídica no es otra que la propia de un arrendamiento de cosa, arrendamiento cualificado en este caso por ser la aeronave una cosa compleja y compuesta. Y en el supuesto de que se produzca el arrendamiento de la aeronave con su tripulación, estaremos ante un contrato mixto de arrendamiento de cosa y, en su caso, de arrendamiento de servicios (por lo que respecta a la cesión de la tripulación y sin perjuicio de las consideraciones de orden jurídico-laboral que esta cesión pudiera implicar).

No existe en nuestro ordenamiento jurídico regulación específica del arrendamiento de aeronaves, como tal contrato, por lo que, en su caso, éste deberá regirse por la normativa común aplicable al arrendamiento de cosas (Código Civil) y, fundamentalmente, por las reglas establecidas por las partes del contrato (autonomía de la voluntad).