Decreto 1011 de 2016 - 1 | Page 31

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ESPECIAL  El Prestadores de Servicios de Salud deben declarar en el formulario de inscripción, los servicios que se prestan en forma permanente. Para los servicios prestados en forma esporádica, el PSS debe informar de esta situación a la Entidad Departamental o Distrital correspondiente, para realizar la visita en fecha y lugar acordado, con el fin de verificar el cumplimiento de las condiciones establecidos para dichos servicios.