Decreto 1011 de 2016 - 1 | Page 29

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ESPECIAL  La Entidad Departamental o Distrital efectuará la inscripción de manera inmediata, previa revisión del diligenciamiento del formulario. Tendrá un término de vigencia de cuatro (4) años.  A partir de la radicación en la Entidad Departamental o Distrital, el PSS se considera habilitado para ofertar y prestar los servicios declarados.