INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO
ESPECIAL
La Entidad Departamental o Distrital
efectuará la
inscripción de manera inmediata, previa revisión del
diligenciamiento del formulario. Tendrá un término de
vigencia de cuatro (4) años.
A partir de la radicación en la Entidad Departamental
o Distrital, el PSS se considera habilitado para
ofertar y prestar los servicios declarados.