Decreto 1011 de 2016 - 1 | Page 18

 LAS ENTIDADES DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES: cumplir y hacer cumplir en sus respectivas jurisdicciones, la reglamentación que expida el Ministerio de la Protección Social, divulgar las disposiciones y brindar asistencia técnica a los prestadores en las normas de Habilitación. LAS ENTIDADES MUNICIPALES DE SALUD: brindar asistencia técnica y realizar la Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud a los Prestadores de Servicios de Salud.