Como se mencionó con anterioridad en relación con la comunicación y el consentimiento , los pacientes competentes tienen derecho a rechazar cualquier tratamiento médico , incluso si esto produce su muerte . Las personas tienen actitudes muy distintas frente a la muerte , algunos harían cualquier cosa para prolongar sus vidas , sin importar el dolor y sufrimiento que implique todo esto , mientras que otros esperan morir con tal ansiedad que rechazan incluso acciones simples que es probable que los mantengan con vida , como tomar antibióticos para sanar una neumonía bacteriana . Una vez que el médico haya hecho todo lo posible para proporcionar al paciente información sobre los tratamientos disponibles y sus posibilidades de éxito , debe respetar la decisión del paciente sobre la iniciación y la continuación de todo tratamiento . La toma de decisiones con respecto al término de la vida para los pacientes incapacitados plantea mayores dificultades . Si el paciente ha expresado con anticipación sus deseos de manera clara , por ejemplo , en una voluntad anticipada , la decisión será más fácil , aunque a menudo estas instrucciones son muy vagas y deben ser interpretadas con relación a la condición actual del paciente . Si el paciente no ha expresado en forma adecuada su voluntad , el representante apropiado debe utilizar otros criterios para las decisiones de tratamiento , especialmente el mejor interés del paciente .
ANÁLISIS DEL CASO PRÁCTICO
Conforme al análisis de la relación médico-paciente que se presenta en este capítulo , La conducta del Dr . P fue deficiente en varios aspectos : 1 ) comunicación : no trató de comunicarse con la paciente o su madre para conocer la causa de su estado , opciones de tratamiento o si podía cubrir su hospitalización mientras se recuperaba ; 2 ) consentimiento : no obtuvo su consentimiento informado para el tratamiento ; 3 ) compasión : su actitud con ella demostró poca compasión por su situación difícil . Su tratamiento quirúrgico puede haber sido muy bueno y puede haber estado cansado al final de un largo turno , pero esto no justifica su actuación antiética .
118 / Código de Ética