CURPAQ JULIO 2017 REVISTA JULIO coreccion 1 | Page 9

¿QUÉ ES EL ENFOQUE DIFERENCIAL? El objetivo del enfoque diferencial aplicado a las políticas públicas es reconocer la pluralidad y la diversidad de las poblaciones que, por sus características y condiciones, se encuentran en mayor grado de desventaja y con menores posibilidades de restablecer efectivamente sus derechos. El enfoque diferencial, por tanto, busca la reivindicación de los derechos de los tradicionalmente excluidos, posibilitando el ejercicio de la ciudadanía desde la diferencia mediante la participación activa y los procesos de inclusión en la toma de decisiones. En este sentido, tanto la legislación nacional como el Derecho Internacional reconocen la necesidad de implementar acciones a rmativas, dada la existencia de grupos poblacionales que por situaciones especí cas de vulnerabilidad, por desigualdades en la estructura social, mayores posibilidades de enfrentarse a riesgos y la imposibilidad de autosostenerse requieren protección diferencial. Dichos requerimientos han sido consignados por órganos como el Comité de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del Sistema de la Organización de las Naciones Unidas. En el documento Derecho a las minorías, normas internacionales y orientaciones para su aplicación, se mani esta que para que “los derechos de las minorías tengan efectividad es preciso que se respeten sus identidades distintivas y al mismo tiempo se vele por que todo trato diferencial dado a algunos grupos o a las personas pertenecientes a algunos grupos no oculte prácticas ni políticas discriminatorias. En consecuencia, hay que ejercer una acción positiva para respetar la diversidad cultural, religiosa y lingüística, y hay que reconocer que las minorías enriquecen a la sociedad mediante esa diversidad” (Naciones Unidas, 2010: 9). Para incorporar el enfoque diferencial en las herramientas de planeación, cada entidad territorial debe analizar la situación de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, con el n de diseñar o implementar acciones adecuadas para la atención y protección de los derechos que les han sido vulnerados. A través de acciones a rmativas, la administración avanzará en la inclusión de las comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras y raizales logrando su participación y acceso a diferentes bienes, recursos o servicios, y en el restablecimiento de los derechos vulnerados en condiciones de respeto a sus costumbres y tradiciones.