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LEY 1228
DE 2008
Según esta ley, se prohibe
además la construcción de
viviendas dentro de las rajas
mínimas, algo preocupante
en la zona pues muchas
de las construcciones se
han levantado después del
2008.
Esta norma determina las fajas mínimas de
retiro obligatorio o áreas de exclusión para
las carreteras del sistema vial nacional, que
van desde los 30 a los 60 metros.
En estas zonas se prohíben construcciones
y mejoras. Se prohíbe a todas las empresas
prestadoras de servicios como acueducto
y alcantarillado, energía, gas, teléfono y
televisión por cable e Internet, dotar de los
servicios que prestan a los inmuebles que se
construyan en dichas zonas de seguridad.