Controlar y Cerrar Adquisiciones Grupo_104005_8_V10 | Page 28
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RANDOM SAS (en adelante, EMPRESA DESARROLLADORA) con CIF
444442323, con domicilio en 701 Brickell Ave # 1550, 080015, de Miami, en su nombre y
representación Juan Vargas Vargas, actuando en calidad de Representante Legal.
Y DE OTRA:
PASOLA SAS (en adelante, EMPRESA CLIENTE) con NIT 800123456, con
domicilio en Cra 95 # 110 - 39, 080015, de Barranquilla, inscrita en Cámara de Comercio de
Barranquilla y en su nombre y representación María Pérez Pérez, actuando en calidad de
Representante Legal.
Los contratantes se reconocen recíprocamente, en el carácter en que intervienen,
plena capacidad jurídica para contratar y en el caso de representar a terceros, cada uno de los
intervinientes asegura que, el poder con el que actúa no ha sido revocado ni limitado, y que
es bastante para obligar a sus representados en virtud de este CONTRATO DE
DESARROLLO DE SOFTWARE y a tal objeto:
EXPONEN:
I. Que EMPRESA DESARROLLADORA de conformidad con su objeto social, se
dedica a la programación e integración de sistemas de software.
II. Que EMPRESA CLIENTE está interesada en contratar a EMPRESA
DESARROLLADORA un sistema de software con los requisitos y estipulaciones acordados
en este contrato.
III. Que en base a lo anterior, ambas partes acuerdan la suscripción del presente
contrato que se regirá de acuerdo con los siguientes:
PACTOS Y ESTIPULACIONES:
PRIMERA. - DEFINICIONES
Por mantenimiento correctivo se entiende en este contrato el definido en el estándar
técnico de mantenimiento de software IEEE 1219-1998: “Modificaciones realizadas a un
producto de software después de su entrega para corregir fallos descubiertos”.
Por mantenimiento adaptativo o perfectivo, en este contrato se entiende el así definido
en el mismo estándar técnico de mantenimiento de software IEEE 1219-1998:
“Modificaciones realizadas a un producto de software después de su entrega para adaptar su