Constitución Española
TÍTULO PRELIMINAR
La soberanía
reside en el
pueblo
Artículo 1
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna
como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la
igualdad y el pluralismo político.
2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del
Estado.
3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.
Artículo 2
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria
Unidad de la
común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la
Nación y derecho
autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas
a la autonomía
ellas.
El castellano y
las demás
lenguas
españolas
Artículo 3
1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el
deber de conocerla y el derecho a usarla.
2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas
Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio
cultural que será objeto de especial respeto y protección.
La bandera de
España y las
de las
Comunidades
Autónomas
Artículo 4
1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y
roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
2. Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades
Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios
públicos y en sus actos oficiales.
Madrid, capital
Artículo 5
La capital del Estado es la villa de Madrid.
Artículo 6
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y
Partidos políticos
manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la
participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del
respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser
democráticos.
Sindicatos y
asociaciones
empresariales
Fuerzas
Armadas
Artículo 7
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa
y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y
el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su
estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Artículo 8
1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el
Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de
España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los
principios de la presente Constitución.
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