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contravención al interés
público;
9º. Falta de emplazamiento
para contestar la demanda;
10º. Denegación de prueba
legalmente admisible;
11º. No haberse practicado
un
medio
probatorio
admitido en la instancia;
12º. Practicarse un medio
de prueba ilícito;
13º. Por haberse declarado
indebidamente
la
improcedencia de una
apelación; y,
14º. Por infracción de
requisitos
internos
y
externos de la sentencia.
Hay infracción de los
requisitos internos cuando
la
sentencia
es
incongruente
o
tiene
disposiciones
contradictorias.
Se
entenderá
que
existe
incongruencia en los casos
siguientes: haber otorgado
el juez más de lo pedido
por el actor, menos de lo
resistido por el demandado
o cosa distinta a la
solicitada
por
ambas
partes; o haber omitido
resolver alguna de las
causas de pedir o alguna
cuestión
prejudicial
o
jurídica, necesaria para la
resolución del proceso.
Se entenderá que ha
habido infracción de los
requisitos externos de la
sentencia cuando se omita
relacionar
los
hechos
probados,
falta
de
fundamentación jurídica y
oscuridad en la redacción
del fallo.