CONFRONTACIONES XIII XIII EDICION CONFRONTACIONES | Page 21
las demandas contra el
Estado.
Resoluciones recurribles
Admiten
casación:
recurso
de
1º EN MATERIA CIVIL Y
MERCANTIL,
LAS
SENTENCIAS Y LOS AUTOS
PRONUNCIADOS
EN
APELACIÓN EN PROCESOS
COMUNES Y EN LOS
EJECUTIVOS MERCANTILES
CUYO DOCUMENTO BASE
DE LA PRETENSIÓN SEA UN
TÍTULO VALOR; ASIMISMO
LAS
SENTENCIAS
PRONUNCIADAS
EN
APELACIÓN,
EN
LOS
PROCESOS ABREVIADOS,
CUANDO
PRODUZCAN
EFECTOS
DE
COSA
JUZGADA SUSTANCIAL.
2º. En materia de familia,
las
sentencias
correspondientes en los
términos que determina la
Ley Procesal de Familia.
3º. En materia de trabajo,
las sentencias definitivas
que se pronunciaren en
apelación, de conformidad
a lo regulado en el Código
de Trabajo.
Art. 519 Código Procesal
Civil y Mercantil
Motivos de Casación
Art. 521.- El recurso deberá
fundarse en la existencia
de una infracción o errónea
aplicación de la norma de
derecho.
Motivos de Fondo
Art. 522.- El recurso de
casación procede cuando
se
hubiese
producido
alguna infracción de ley o
de doctrina legal.