CONFRONTACIONES XIII XIII EDICION CONFRONTACIONES | Page 19
prejudicialidad
civil
o
mercantil,
cuando
se
acuerda la suspensión, se
admite
recurso
de
apelación. Art. 51 Código
Procesal Civil y Mercantil.
La resolución que decide
sobre la intervención del
coadyuvante, la que admite
la intervención no acepta
recurso alguno, pero la que
la niega, admite recurso de
apelación. Art. 81 Código
Procesal Civil y Mercantil.
La
resolución
sobre
finalización anticipada del
proceso
por
improponibilidad
sobrevenida; la que ordena
la continuación del proceso
no admite recurso, más la
que
acuerda
su
terminación, se admite
recurso de apelación. Art.
127 del Código Procesal
Civil y Mercantil.
Cuando
se
da
la
declaración de caducidad
de la instancia y esta se
impugna por fuerza mayor,
la resolución que acuerda
impugnar o denegar la
impugnación
de
la
caducidad de la instancia,
admite
recurso
de
apelación. Art. 138 del
Código Procesal Civil y
Mercantil.
El auto que declara
impropoible una demanda,
admite
recurso
de
apelación. Art. 277 del
Código Procesal Civil y
Mercantil.