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prejudicialidad civil o mercantil, cuando se acuerda la suspensión, se admite recurso de apelación. Art. 51 Código Procesal Civil y Mercantil. La resolución que decide sobre la intervención del coadyuvante, la que admite la intervención no acepta recurso alguno, pero la que la niega, admite recurso de apelación. Art. 81 Código Procesal Civil y Mercantil. La resolución sobre finalización anticipada del proceso por improponibilidad sobrevenida; la que ordena la continuación del proceso no admite recurso, más la que acuerda su terminación, se admite recurso de apelación. Art. 127 del Código Procesal Civil y Mercantil. Cuando se da la declaración de caducidad de la instancia y esta se impugna por fuerza mayor, la resolución que acuerda impugnar o denegar la impugnación de la caducidad de la instancia, admite recurso de apelación. Art. 138 del Código Procesal Civil y Mercantil. El auto que declara impropoible una demanda, admite recurso de apelación. Art. 277 del Código Procesal Civil y Mercantil.