HAYA, TODO ORGANISMO ACREDITADO EN SU ESTADO DE RECEPCION, PARA ACTUAR EN UNA ADOPCION INTERNACIONAL EN EL SALVADOR, DEBERA TAMBIEN HABER SIDO ACREDITADO POR LAS AUTORIDADES CENTRALES: PGR E ISNA.
Certificación del estado de salud física de los adoptantes y del adoptado.
Certificación expedida por institución pública o estatal de protección de la infancia o de la familia, oficialmente autorizada, donde conste que los adoptantes reúnen los requisitos exigidos para adoptar por la Ley de su domicilio y del compromiso de seguimiento de la situación en el país de residencia de los adoptados.
Fotografías de los solicitantes así como del interior y del exterior de la casa.
Autorización de la entrada y residencia del niño( a) en el país a residir.
Designación de la( s) persona( s) que( el, la) los solicitantes elijan como responsables del cuidado del menor o menores a adoptar, en caso de ocurrir una enfermedad, incapacidad o muerte de los solicitantes, la cual deberá contener como mínimos los datos siguientes: nombre completo del( los) designado( s), su edad, profesión u oficio, ingresos mensuales, estado familiar – es decir, manifestar si es casado, soltero, viudo o divorciado-, indicación de hijos biológicos y / o adoptivos si los tuviere, parentesco o tipo de afinidad que tiene con los solicitantes, dirección de su lugar de residencia, que sea de preferencia del mismo domicilio que el de los solicitantes. Dicho documento de designación debe estar