¿Cómo se entiende al menor de edad perteneciente o desvinculado de un grupo armado ilegal?
La Convención de las Naciones Unidas de 1989, Sobre los Derechos del Niño, ratificado por Colombia el 28 de enero de 1991, que en el artículo " En el mismo sentido, el artículo 19 señala que "los Estados Partes deben adoptar toda clase de medidas para proteger a los menores de toda forma de violencia física o mental, lesión corporal o abuso, trato negligente, maltrato o explotación, incluyendo abuso sexual, mientras permanezca bajo el cuidado de los padres, guardianes legales u otra persona que tenga a cargo su cuidado;”
La Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establece que: “Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requiere por parte de su familia, de la sociedad y del estado”.
En el conflicto armado se vulneran los siguientes derechos la integridad personal, a la vida, a la libertad, al libre desarrollo de la personalidad, a la expresión, a la educación, a la salud, a la familia y a la recreación, entre otros. (...)
Debido a esta realidad que vive nuestro país se determina en base a la Convención sobre los Derechos del Niño, que “los Estados deben adoptar todas las medidas posibles para asegurar la protección y el cuidado de los niños afectados por un conflicto armado”