Comunion Revista Comunion nº 04 - 2013 | Page 8

La reconciliación: un sacramento con carisma P. Isidoro Murciego, osst.

“Han pasado ocho siglos de la muerte de San Juan de Mata y cuatro desde la muerte de San Juan Bautista de la Concepción. Su carisma y misión continúan vivos en la Iglesia de hoy a través de cada uno de nosotros. ¡No necesitamos mayor motivo para cantar agradecidos la gloria de la Trinidad, especialmente en el Año Jubilar Trinitario! Celebremos la bondad de nuestro Dios y la fidelidad de nuestros hermanos y hermanas que nos han precedido en nuestra Familia Trinitaria a través de los siglos” .

Estas pocas líneas, en el contexto del Año Jubilar Trinitario, centran la atención sobre un Sacramento con Carisma. Se trata del Sacramento de la Reconciliación que en este tiempo privilegiado (17/12/2012-14/02/2014), sobre todo para la Familia Trinitaria, adquiere un protagonismo natural.

Como muy bien sabes, nuestro Padre San Juan de Mata, Fundador y Ministro General de la Orden, dedicó los últimos años de su vida (1209-1213) en Santo Tomás in Formis (Roma), entre otras cosas, a la atención material y espiritual de los peregrinos, enfermos, pobres y cautivos rescatados que llegaban al hospital de la Casa de la Trinidad del Monte Coelio. Pero quizás te pueda sorprender el hecho de que una de las obras de misericordia asiduamente ejercitada por San Juan de Mata, antes y durante ese tiempo, según la tradición, era atender a la reconciliación, a sanar las heridas interiores, de quienes llegaban al hospital diariamente, de acuerdo a lo que prescribe la Regla Trinitaria del 1198: “El mismo día que llega o es traído un enfermo, confiese sus pecados y comulgue” . Esta es una señal que desde los orígenes de la Orden, los trinitarios sacerdotes tienen el ineludible deber o la misión de atender a la reconciliación de los acogidos. También en este campo el ejemplo del Fundador de los Trinitarios es un referente histórico, siempre actual.

En el contexto eclesial del Año de la Fe y de la Nueva Evangelización

El papa Benedicto XVI, al convocar el Año de Fe, ha querido que la Iglesia renueve el entusiasmo de creer en Jesucristo, único Salvador del mundo; reavive la alegría de caminar por el camino que nos ha indicado; y testimonie de modo concreto la fuerza transformadora de la fe… a través del anuncio de la Palabra, la celebración de los sacramentos y las obras de caridad. Tenemos ante nosotros, pues, un magnífico programa para este Año de la Fe: renovar con entusiasmo la consagración, reavivar con alegría la comunión, testimoniar a Cristo resucitado en la misión evangelizadora En el Mensaje al Pueblo de Dios del último Sínodo de los Obispos sobre la Nueva Evangelización se dice que como Jesús, en el pozo de Sicar, también la Iglesia siente el deber de sentarse junto a los hombres y mujeres de nuestro tiempo. La Iglesia es el espacio ofrecido por Cristo en la historia para poderlo encontrar. Él le ha entregado, junto con la Palabra, el Bautismo, su Cuerpo y Sangre, la gracia del perdón, sobre todo en el sacramento de la reconciliación, la experiencia de una comunión que es reflejo mismo del misterio de la Santísima Trinidad y la fuerza del Espíritu que nos mueve a la caridad hacia los demás .

El esfuerzo de una continua conversión y de una necesaria purificación, que los fieles cristianos realizan mediante el sacramento de la reconciliación, está íntimamente vinculado a la Eucaristía. A través del encuentro frecuente con la misericordia de Dios, renuevan y acrisolan su corazón, al mismo tiempo que, reconociendo humildemente sus pecados, hacen transparente la propia relación con Él. La gozosa experiencia del perdón sacramental, en el camino compartido con los hermanos y hermanas, hace dócil el corazón y alienta el compromiso por una creciente fidelidad .

Confesamos la humanidad y la divinidad del Redentor

En el Nuevo Testamento, sobre todo en los Evangelios y en boca de Jesús, como signo de su divinidad, aparecen expresiones como: “Tus pecados te son perdonados” (Lc 7, 36 - 8, 3; Mc 2,5; Mt 9,2); o “a quienes perdonéis los pecados les quedan perdonados” (Jn 20,23). “Arrepentíos, pues, y convertíos, para que vuestros pecados sean borrados" (Hch 3,19). También en el Credo confesamos: “Creo en el perdón de los pecados”. La Iglesia tiene la misión y el poder de perdonar los pecados, porque el mismo Cristo se lo ha dado. Quien en la Iglesia imparte el perdón de los pecados actúa “in persona Christi”.

“¿Quién puede perdonar los pecados, sino Dios?” (Mc 2,7). Quienes creemos en el perdón de los pecados confesamos la humanidad y la divinidad del Redentor. Cada vez que participamos del Sacramento de la Reconciliación proclamamos la fe en Jesucristo, como verdadero Dios y verdadero Hombre. “El Verbo se hizo carne (Jn 1,14), he aquí el corazón de nuestra fe” . Son muchas las vertientes desde las cuales el seguidor de San Juan de Mata está llamado a confesar la Humanidad y la Divinidad del Redentor. A través de la gracia de este Sacramento nuestra fe se hace más pura y radiante confesión de Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo, y más liberadora.

En el corazón de la Iglesia de todos los tiempos

A lo largo de la historia y en la praxis constante de la Iglesia, el ‘ministerio’ de la reconciliación (cf 2 Cor 5,18) concedido mediante el sacramento del bautismo y de la penitencia, se ha sentido siempre como tarea pastoral muy relevante, realizada por obediencia al mandato de Jesús, como parte esencial del ministerio sacerdotal.

La celebración del sacramento de la penitencia ha tenido en el curso de los siglos un desarrollo que ha asumido diversas formas expresivas, conservando siempre, sin embargo, la misma estructura fundamental, que comprende necesariamente, además de la intervención del ministro –solamente un Obispo o un Presbítero-, que juzga y absuelve, atiende y cura en el nombre de Cristo los actos del penitente: la contrición, la confesión y la satisfacción . El sacramento del perdón tiene su propia identidad y misión en la vida del cristiano.

San Juan de Mata y el Santo Reformador referentes del sacramento del perdón

A finales del siglo XII hallamos unas interesantes apreciaciones del sacramento de la penitencia, precisamente, en la Regla Trinitaria, aprobada por el Papa Inocencio III, el 17 de diciembre de 1198, con la bula Operante divine dispositionis. Estas apreciaciones sobre la confesión se hacen con referencia a los Trinitarios, aplicables a religiosos, monjas, religiosas, cofrades, laicos de las fraternidades…: “El Ministro Mayor puede oír las confesiones de los hermanos de todas las comunidades de la misma Orden. El Ministro Menor, en cambio, oiga las confesiones de los hermanos de su casa, con tal que la vergüenza, por alguna falta repetida, no dé ocasión en modo alguno a confesarse con sus prelados más raramente o con menos claridad de la debida” . “En lo que toca a confesiones de religiosos, - escribe también el Santo Reformador-, nosotros tenemos de regla que el ministro oiga las confesiones de sus súbditos nisi ratione verecundiae repetiti excessus. Y porque es bien que el prelado dé estas licencias con alguna facilidad, se señalará por nuestro hermano provincial en cada convento uno o dos confesores que puedan cumplir y suplir las veces del prelado en las ocasiones que la regla dice” .

Y también en la Regla, con relación a los acogidos (pobres, transeúntes, enfermos, cautivos liberados…), como hemos recordado anteriormente, se dice: “El mismo día que llega o es traído un enfermo, confiese sus pecados y comulgue” . San Juan Bautista de la Concepción ve aquí a los trinitarios como enfermeros puestos por las manos de Dios, para que “hagan a todas manos: que, acudiendo a lo exterior del pobre, acudan a lo interior de su alma. Lo cual con veras y con perfección no se puede alcanzar si no es con ayunos, abstinencias y oración grande” . En el tiempo de la Reforma los Trinitarios tienen una importante misión como confesores. Las Constituciones de la Reforma suelen dedicar un capítulo para tratar de los confesores. San Juan Bautista de la Concepción en su comentario a la Regla asume este magisterio del santo Fundador

Para una interpretación actualizada es menester no olvidar que la Regla Trinitaria se refiere a un contexto de cristiandad, aunque en el contexto se da a entender que nada impide la acogida de pobres y cautivos no cristianos. Las indicaciones de la Regla llevan consigo unas exigencias pastorales propias de los religiosos trinitarios sacerdotes. Atender a la práctica del sacramento de la Reconciliación forma parte de su acción liberadora, pues eran muchos los pobres, enfermos, transeúntes y peregrinos que eran acogidos en nuestros albergues y pequeños hospitales desde los orígenes de la Orden. Así podemos contemplar al mismo San Juan de Mata, en Santo Tomás in Formis, dedicado en sus últimos años a la acción pastoral trinitario-redentora también a través del sacramento del perdón.

La reconciliación desde la experiencia trinitaria-redentora

Sorprende gratamente cuanto dice y sugiere el P. Ignacio Vizcargüénaga en su libro póstumo, “Carisma y Misión de la Orden Trinitaria”: “La Liturgia es, desde las raíces del Fundador, componente privilegiado de la experiencia espiritual trinitaria. Es una liturgia carismática... También el sacramento de la confesión (Regla 28. 36) hay que interpretarlo dentro de la experiencia trinitaria… proclamación de la misericordia y encuentro con el Misterio Trinitario… libera de las cadenas del pecado… Glorificación trinitaria a través de su vida litúrgica” .

En la Regla Trinitaria aparece con fuerza el sacramento de la reconciliación, se afianza así el compromiso de todo trinitario en favor de la misión de romper cadenas. Este sacramento tiene connotaciones propias del carisma trinitario. Las cadenas raíces están cerradas por el pecado. Llamados a romper esas ataduras que frenan la marcha y dificultan el seguimiento del Redentor. Es una llamada a dejarse evangelizar. Evangelizas, rompes cadenas, en la proporción que uno mismo se deja evangelizar y permite al espíritu liberarle de sus propias ataduras.

La confesión para proclamar la pureza de la fe cristiana

En diversos momentos se pide también en la Regla que el trinitario se confiese asiduamente. ¿Quién como el Santo Fundador pondría en práctica esta cláusula de la Regla? Además, la práctica personal del Sacramento del Perdón le brinda la oportunidad de proclamar la pureza de la fe en el Hijo de Dios. Cada vez que se acerca a este Sacramento de la Reconciliación confiesa su fe en la Humanidad y Divinidad del Redentor.

También hacen referencia a la humanidad y divinidad de Cristo los colores de la cruz, azul y rojo . Otra señal de confesión de la fe en la humanidad y divinidad del Verbo Encarnado, se manifestaría, como aparece en el capítulo 12 de la Regla Trinitaria, en la celebración de las tres solemnidades del Señor: Natividad (humanidad), Epifanía (divinidad); Ascensión (objetivo y triunfo supremo). Señales que podríamos ver reflejadas en el Pantocrátor del Signum Ordinis: la Natividad, manto azul (verdadero Hombre); la Epifanía, túnica roja (verdadero Dios); la Ascensión, estola dorada que lo orna, alude al sacerdocio eterno y a la gloria de Cristo, y el solio o trono símbolo de la realeza de Cristo, sentado a la derecha del Padre . Los Santos Padres hacen esa misma referencia a la divinidad y a la humanidad del Redentor cuando comentan la sangre y el agua brotadas del Costado traspasado por la lanza, también a la Eucaristía y al Bautismo. Sangre y agua, el precio de nuestra redención.

Juan de Mata, al mismo tiempo que pide perdón y recibe gracia de reconciliación y liberación, para entregarse con renovadas fuerzas a romper cadenas en el nombre y a gloria de la Santísima Trinidad, proclama al Redentor camino de encuentro con el Padre en el don del Espíritu.

La gracia propia de este sacramento purifica, ilumina, fortifica, facilita, en cada persona, caminos de liberación. La legislación actualizada de la Orden Trinitaria, en la senda luminosa de la Regla, invita a los hermanos a cuidar con esmero la práctica auténtica de este Sacramento con asiduidad y transparencia, para seguir progresando por el camino de la liberación desde el seno de la Trinidad Redentora . “El sacramento de la reconciliación es medio necesario y privilegiado para preservar esa libertad y, con ella, nuestra capacidad liberadora” . Es una invitación a romper las cadenas dentro del propio corazón: libres para liberar. Pues, como dice la Venerable Ángela María de la Concepción, nuestros defectos frenan las corrientes de las aguas caudalosas de la gracia .

El sacramento de la penitencia para romper cadenas

El fuego redentor que se lleva dentro garantiza y motiva el compromiso incondicional para abrir caminos de liberación, comprometerse en el día a día por los hermanos y hermanas que sufren a causa de pobrezas y esclavitudes nuevas y antiguas. Y junto al sacramento de la Penitencia percibimos la Eucaristía como perfecta glorificación de la Trinidad y en la que se realiza la obra de nuestra Redención . Eucaristía y Penitencia aparecen integradas en el camino de la libertad de los hijos de Dios.

“La Iglesia, para cumplir fielmente su deber de purificarse y de renovarse, recibió de su divino esposo, como don el sacramento de la penitencia o reconciliación, con el cual el don primario de la conversión al Reino de Cristo, recibido anteriormente en el bautismo, se restaura y se fortalece. Por este sacramento, el hermano que por la gracia de Dios misericordioso entra en el camino de la penitencia, vuelve al Padre que nos amó primero (1 Jn 4, 19), a Cristo que se entregó a sí mismo por nosotros (cf Gal 2, 26) y al Espíritu Santo que ha sido derramado en abundancia sobre nosotros” .

El recién estrenado Manual de la Orden Trinitaria (en vigor desde el 8 de Abril de 2012), citando el Ritual de la Penitencia de la Iglesia (Praen. 70 y 72) nos facilita algunas indicaciones para promover e incentivar el don de la Reconciliación en fidelidad a nuestros orígenes y tradición: “Es conveniente que en comunidad se realicen celebraciones comunitarias del sacramento de la penitencia dado que ello permite una mejor valoración de la experiencia del pecado y de la reconciliación, la celebración más completa de la Palabra de Dios y la importancia de la oración común, de la súplica y de la acción de gracias, que manifiestan la acción eclesial sin menoscabar el elemento personalizador de la confesión individual (Ritual de la Penitencia, Praen. 70)” . “Ello es especialmente indicado para el comienzo de los tiempos fuertes, la preparación de una especial solemnidad, los días dedicados a retiro o ejercicios espirituales, etc. Pero también pueden programarse regularmente de forma que puedan alimentar la vida sacramental de la comunidad (Ritual de la Penitencia, Praen. 72)” .

Llamados a disfrutar la gracia jubilar

Desde el texto y el espíritu de la Regla Trinitaria (17/12/1198), siguiendo el testimonio del Fundador, San Juan de Mata, el sacramento de la Reconciliación, posee su propia valencia trinitaria-redentora aplicable a todos sus hijos (religiosos, religiosas y laicos) y que revierte en la misión liberadora en favor de los destinatarios de su propio carisma. Damos gracias con San Juan de Mata, a la Santísima Trinidad, por el don de este sacramento que tanto facilita la vivencia y puesta en práctica de nuestro carisma trinitario-redentor.

El Año Jubilar nos lo concede la Iglesia para reavivar la llama de nuestro carisma, según San Juan de Mata y San Juan Bautista de la Concepción. Una de las gracias especiales que podemos disfrutar, durante este tiempo privilegiado, son las Indulgencias. Para obtener la indulgencia plenaria son necesarias tres condiciones: la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Santo Padre. La indulgencia plenaria puede aplicarse también por los fieles difuntos. La gracia del Jubileo se puede obtener todos los días del Año Jubilar en las Iglesias Trinitarias de Salamanca, de Córdoba y de Santo Tomás in Formis (Roma); en las Iglesias y Capillas de la Familia Trinitaria en los días de la apertura y clausura del Año Jubileo y en las más importantes fiestas de la Orden, y también en otros lugares sagrados acordados por el Ordinario Diocesano. Además, los que por causa de edad avanzada, los enfermos que no pueden participar en las solemnidades, ni peregrinar, pueden unirse espiritualmente ofreciendo sus sufrimientos, siempre cumpliendo las tres condiciones acostumbradas .

Los jubileos programados durante los Centenarios (17/XII/2012-14/II/2014) son tiempo propicio, según la tradición de la Iglesia y en la Orden, para atraer a las personas a disfrutar de la gracia jubilar (las indulgencias), a confesarse, comulgar y orar por el Santo Padre, preparando una especie de triduo a cada fiesta de la Orden, como hacían los mártires de Argel, grandes apóstoles de la confesión, que además gozaron de facultades casi apostólicas para reconciliar a los cautivos.

nos ha indicado; y testimonie de modo concreto la fuerza transformadora de la fe… a través del anuncio de la Palabra, la celebración de los sacramentos y las obras de caridad. Tenemos ante nosotros, pues, un magnífico programa para este Año de la Fe: renovar con entusiasmo la consagración, reavivar con alegría la comunión, testimoniar a Cristo resucitado en la misión evangelizadora En el Mensaje al Pueblo de Dios del último Sínodo de los Obispos sobre la Nueva Evangelización se dice que como Jesús, en el pozo de Sicar, también la Iglesia siente el deber de sentarse junto a los hombres y mujeres de nuestro tiempo. La Iglesia es el espacio ofrecido por Cristo en la historia para poderlo encontrar. Él le ha entregado, junto con la Palabra, el Bautismo, su Cuerpo y Sangre, la gracia del perdón, sobre todo en el sacramento de la reconciliación, la experiencia de una comunión que es reflejo mismo del misterio de la Santísima Trinidad y la fuerza del Espíritu que nos mueve a la caridad hacia los demás .

El esfuerzo de una continua conversión y de una necesaria purificación, que los fieles cristianos realizan mediante el sacramento de la reconciliación, está íntimamente vinculado a la Eucaristía. A través del encuentro frecuente con la misericordia de Dios, renuevan y acrisolan su corazón, al mismo tiempo que, reconociendo humildemente sus pecados, hacen transparente la propia relación con Él. La gozosa experiencia del perdón sacramental, en el camino compartido con los hermanos y hermanas, hace dócil el corazón y alienta el compromiso por una creciente fidelidad .

Confesamos la humanidad y la divinidad del Redentor

En el Nuevo Testamento, sobre todo en los Evangelios y en boca de Jesús, como signo de su divinidad, aparecen expresiones como: “Tus pecados te son perdonados” (Lc 7, 36 - 8, 3; Mc 2,5; Mt 9,2); o “a quienes perdonéis los pecados les quedan perdonados” (Jn 20,23). “Arrepentíos, pues, y convertíos, para que vuestros pecados sean borrados" (Hch 3,19). También en el Credo confesamos: “Creo en el perdón de los pecados”. La Iglesia tiene la misión y el poder de perdonar los pecados, porque el mismo Cristo se lo ha dado. Quien en la Iglesia imparte el perdón de los pecados actúa “in persona Christi”.

“¿Quién puede perdonar los pecados, sino Dios?” (Mc 2,7). Quienes creemos en el perdón de los pecados confesamos la humanidad y la divinidad del Redentor. Cada vez que participamos del Sacramento de la Reconciliación proclamamos la fe en Jesucristo, como verdadero Dios y verdadero Hombre. “El Verbo se hizo carne (Jn 1,14), he aquí el corazón de nuestra fe” . Son muchas las vertientes desde las cuales el seguidor de San Juan de Mata está llamado a confesar la Humanidad y la Divinidad del Redentor. A través de la gracia de este Sacramento nuestra fe se hace más pura y radiante confesión de Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo, y más liberadora.

En el corazón de la Iglesia de todos los tiempos

A lo largo de la historia y en la praxis constante de la Iglesia, el ‘ministerio’ de la reconciliación (cf 2 Cor 5,18) concedido mediante el sacramento del bautismo y de la penitencia, se ha sentido siempre como tarea pastoral muy relevante, realizada por obediencia al mandato de Jesús, como parte esencial del ministerio sacerdotal.

La celebración del sacramento de la penitencia ha tenido en el curso de los siglos un desarrollo que ha asumido diversas formas expresivas, conservando siempre, sin embargo, la misma estructura fundamental, que comprende necesariamente, además de la intervención del ministro –solamente un Obispo o un Presbítero-, que juzga y absuelve, atiende y cura en el nombre de Cristo los actos del penitente: la contrición, la confesión y la satisfacción . El sacramento del perdón tiene su propia identidad y misión en la vida del cristiano.

San Juan de Mata y el Santo Reformador referentes del sacramento del perdón

A finales del siglo XII hallamos unas interesantes apreciaciones del sacramento de la penitencia, precisamente, en la Regla Trinitaria, aprobada por el Papa Inocencio III, el 17 de diciembre de 1198, con la bula Operante divine dispositionis. Estas apreciaciones sobre la confesión se hacen con referencia a los Trinitarios, aplicables a religiosos, monjas, religiosas, cofrades, laicos de las fraternidades…: “El Ministro Mayor puede oír las confesiones de los hermanos de todas las comunidades de la misma Orden. El Ministro Menor, en cambio, oiga las confesiones de los hermanos de su casa, con tal que la vergüenza, por alguna falta repetida, no dé ocasión en modo alguno a confesarse con sus prelados más raramente o con menos claridad de la debida” . “En lo que toca a confesiones de religiosos, - escribe también el Santo Reformador-, nosotros tenemos de regla que el ministro oiga las confesiones de sus súbditos nisi ratione verecundiae repetiti excessus. Y porque es bien que el prelado dé estas licencias con alguna facilidad, se señalará por nuestro hermano provincial en cada convento uno o dos confesores que puedan cumplir y suplir las veces del prelado en las ocasiones que la regla dice” .

Y también en la Regla, con relación a los acogidos (pobres, transeúntes, enfermos, cautivos liberados…), como hemos recordado anteriormente, se dice: “El mismo día que llega o es traído un enfermo, confiese sus pecados y comulgue” . San Juan Bautista de la Concepción ve aquí a los trinitarios como enfermeros puestos por las manos de Dios, para que “hagan a todas manos: que, acudiendo a lo exterior del pobre, acudan a lo interior de su alma. Lo cual con veras y con perfección no se puede alcanzar si no es con ayunos, abstinencias y oración grande” . En el tiempo de la Reforma los Trinitarios tienen una importante misión como confesores. Las Constituciones de la Reforma suelen dedicar un capítulo para tratar de los confesores. San Juan Bautista de la Concepción en su comentario a la Regla asume este magisterio del santo Fundador

Para una interpretación actualizada es menester no olvidar que la Regla Trinitaria se refiere a un contexto de cristiandad, aunque en el contexto se da a entender que nada impide la acogida de pobres y cautivos no cristianos. Las indicaciones de la Regla llevan consigo unas exigencias pastorales propias de los religiosos trinitarios sacerdotes. Atender a la práctica del sacramento de la Reconciliación forma parte de su acción liberadora, pues eran muchos los pobres, enfermos, transeúntes y peregrinos que eran acogidos en nuestros albergues y pequeños hospitales desde los orígenes de la Orden. Así podemos contemplar al mismo San Juan de Mata, en Santo Tomás in Formis, dedicado en sus últimos años a la acción pastoral trinitario-redentora también a través del sacramento del perdón.

La reconciliación desde la experiencia trinitaria-redentora

Sorprende gratamente cuanto dice y sugiere el P. Ignacio Vizcargüénaga en su libro póstumo, “Carisma y Misión de la Orden Trinitaria”: “La Liturgia es, desde las raíces del Fundador, componente privilegiado de la experiencia espiritual trinitaria. Es una liturgia carismática... También el sacramento de la confesión (Regla 28. 36) hay que interpretarlo dentro de la experiencia trinitaria… proclamación de la misericordia y encuentro con el Misterio Trinitario… libera de las cadenas del pecado… Glorificación trinitaria a través de su vida litúrgica” .

En la Regla Trinitaria aparece con fuerza el sacramento de la reconciliación, se afianza así el compromiso de todo trinitario en favor de la misión de romper cadenas. Este sacramento tiene connotaciones propias del carisma trinitario. Las cadenas raíces están cerradas por el pecado. Llamados a romper esas ataduras que frenan la marcha y dificultan el seguimiento del Redentor. Es una llamada a dejarse evangelizar. Evangelizas, rompes cadenas, en la proporción que uno mismo se deja evangelizar y permite al espíritu liberarle de sus propias ataduras.

La confesión para proclamar la pureza de la fe cristiana

En diversos momentos se pide también en la Regla que el trinitario se confiese asiduamente. ¿Quién como el Santo Fundador pondría en práctica esta cláusula de la Regla? Además, la práctica personal del Sacramento del Perdón le brinda la oportunidad de proclamar la pureza de la fe en el Hijo de Dios. Cada vez que se acerca a este Sacramento de la Reconciliación confiesa su fe en la Humanidad y Divinidad del Redentor.

También hacen referencia a la humanidad y divinidad de Cristo los colores de la cruz, azul y rojo . Otra señal de confesión de la fe en la humanidad y divinidad del Verbo Encarnado, se manifestaría, como aparece en el capítulo 12 de la Regla Trinitaria, en la celebración de las tres solemnidades del Señor: Natividad (humanidad), Epifanía (divinidad); Ascensión (objetivo y triunfo supremo). Señales que podríamos ver reflejadas en el Pantocrátor del Signum Ordinis: la Natividad, manto azul (verdadero Hombre); la Epifanía, túnica roja (verdadero Dios); la Ascensión, estola dorada que lo orna, alude al sacerdocio eterno y a la gloria de Cristo, y el solio o trono símbolo de la realeza de Cristo, sentado a la derecha del Padre . Los Santos Padres hacen esa misma referencia a la divinidad y a la humanidad del Redentor cuando comentan la sangre y el agua brotadas del Costado traspasado por la lanza, también a la Eucaristía y al Bautismo. Sangre y agua, el precio de nuestra redención.

Juan de Mata, al mismo tiempo que pide perdón y recibe gracia de reconciliación y liberación, para entregarse con renovadas fuerzas a romper cadenas en el nombre y a gloria de la Santísima Trinidad, proclama al Redentor camino de encuentro con el Padre en el don del Espíritu.

La gracia propia de este sacramento purifica, ilumina, fortifica, facilita, en cada persona, caminos de liberación. La legislación actualizada de la Orden Trinitaria, en la senda luminosa de la Regla, invita a los hermanos a cuidar con esmero la práctica auténtica de este Sacramento con asiduidad y transparencia, para seguir progresando por el camino de la liberación desde el seno de la Trinidad Redentora . “El sacramento de la reconciliación es medio necesario y privilegiado para preservar esa libertad y, con ella, nuestra capacidad liberadora” . Es una invitación a romper las cadenas dentro del propio corazón: libres para liberar. Pues, como dice la Venerable Ángela María de la Concepción, nuestros defectos frenan las corrientes de las aguas caudalosas de la gracia .

El sacramento de la penitencia para romper cadenas

El fuego redentor que se lleva dentro garantiza y motiva el compromiso incondicional para abrir caminos de liberación, comprometerse en el día a día por los hermanos y hermanas que sufren a causa de pobrezas y esclavitudes nuevas y antiguas. Y junto al sacramento de la Penitencia percibimos la Eucaristía como perfecta glorificación de la Trinidad y en la que se realiza la obra de nuestra Redención . Eucaristía y Penitencia aparecen integradas en el camino de la libertad de los hijos de Dios.

“La Iglesia, para cumplir fielmente su deber de purificarse y de renovarse, recibió de su divino esposo, como don el sacramento de la penitencia o reconciliación, con el cual el don primario de la conversión al Reino de Cristo, recibido anteriormente en el bautismo, se restaura y se fortalece. Por este sacramento, el hermano que por la gracia de Dios misericordioso entra en el camino de la penitencia, vuelve al Padre que nos amó primero (1 Jn 4, 19), a Cristo que se entregó a sí mismo por nosotros (cf Gal 2, 26) y al Espíritu Santo que ha sido derramado en abundancia sobre nosotros” .

El recién estrenado Manual de la Orden Trinitaria (en vigor desde el 8 de Abril de 2012), citando el Ritual de la Penitencia de la Iglesia (Praen. 70 y 72) nos facilita algunas indicaciones para promover e incentivar el don de la Reconciliación en fidelidad a nuestros orígenes y tradición: “Es conveniente que en comunidad se realicen celebraciones comunitarias del sacramento de la penitencia dado que ello permite una mejor valoración de la experiencia del pecado y de la reconciliación, la celebración más completa de la Palabra de Dios y la importancia de la oración común, de la súplica y de la acción de gracias, que manifiestan la acción eclesial sin menoscabar el elemento personalizador de la confesión individual (Ritual de la Penitencia, Praen. 70)” . “Ello es especialmente indicado para el comienzo de los tiempos fuertes, la preparación de una especial solemnidad, los días dedicados a retiro o ejercicios espirituales, etc. Pero también pueden programarse regularmente de forma que puedan alimentar la vida sacramental de la comunidad (Ritual de la Penitencia, Praen. 72)” .

Llamados a disfrutar la gracia jubilar

Desde el texto y el espíritu de la Regla Trinitaria (17/12/1198), siguiendo el testimonio del Fundador, San Juan de Mata, el sacramento de la Reconciliación, posee su propia valencia trinitaria-redentora aplicable a todos sus hijos (religiosos, religiosas y laicos) y que revierte en la misión liberadora en favor de los destinatarios de su propio carisma. Damos gracias con San Juan de Mata, a la Santísima Trinidad, por el don de este sacramento que tanto facilita la vivencia y puesta en práctica de nuestro carisma trinitario-redentor.

El Año Jubilar nos lo concede la Iglesia para reavivar la llama de nuestro carisma, según San Juan de Mata y San Juan Bautista de la Concepción. Una de las gracias especiales que podemos disfrutar, durante este tiempo privilegiado, son las Indulgencias. Para obtener la indulgencia plenaria son necesarias tres condiciones: la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Santo Padre. La indulgencia plenaria puede aplicarse también por los fieles difuntos. La gracia del Jubileo se puede obtener todos los días del Año Jubilar en las Iglesias Trinitarias de Salamanca, de Córdoba y de Santo Tomás in Formis (Roma); en las Iglesias y Capillas de la Familia Trinitaria en los días de la apertura y clausura del Año Jubileo y en las más importantes fiestas de la Orden, y también en otros lugares sagrados acordados por el Ordinario Diocesano. Además, los que por causa de edad avanzada, los enfermos que no pueden participar en las solemnidades, ni peregrinar, pueden unirse espiritualmente ofreciendo sus sufrimientos, siempre cumpliendo las tres condiciones acostumbradas .

Los jubileos programados durante los Centenarios (17/XII/2012-14/II/2014) son tiempo propicio, según la tradición de la Iglesia y en la Orden, para atraer a las personas a disfrutar de la gracia jubilar (las indulgencias), a confesarse, comulgar y orar por el Santo Padre, preparando una especie de triduo a cada fiesta de la Orden, como hacían los mártires de Argel, grandes apóstoles de la confesión, que además gozaron de facultades casi apostólicas para reconciliar a los cautivos.