Objetividad
4.13 PERSONAL DE APOYO
El conductor del transporte escolar es el encargado del mantenimiento y uso de las unidades móviles del colegio. Depende de la Rectoría y de la Administración. Sus funciones y requisitos los determina la Rectoría.
4.13 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA: Los consejos y comisiones son reconocidos por Resolución Rectoral o por el Reglamento General Interno.
SEGUNDA: La evaluación de todo el personal, dentro de las Normas de Mejoras de la Calidad Educativa del Colegio Pillines, tendrá como referente, la efectividad y pulcritud en el cumplimiento del presente Reglamento.
TERCERA: Cada oficina estamento, operativizará las disposiciones del presente Reglamento a través de dispositivos que describan los procedimientos y flujogramas de trabajo administrativo correspondiente dentro de la normatividad vigente.
CUARTA: Las comisiones ad hoc tendrán funciones propias y se especificarán en el documento oficial que las crea.
QUINTA: El incremento o disminución del personal dará lugar a la redistribución de funciones, lo cual será responsabilidad de la Rectoría el proponer lo más conveniente a la institución.
SEXTA: El presente Reglamento de Organización y Funciones del Colegio Pillines tiene el valor de Norma Institucional.
Fundamental.
SÉPTIMA: La Rectoría emitirá las directivas necesarias a fin de normar sobre los casos no contemplados en el presente Reglamento.
Comuníqquese y Cumplase.
REFLEXIONEMOS...
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