SAT ya no usará servicio de identidad con datos biométricos
De acuerdo a publicaciones oficiales en fechas recientes con respecto al primer Anteproyecto de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 , el Servicio de Administración Tributaria ( SA- T ), anunció un cambio importante que tiene que ver con el uso de datos biométricos .
En la RMF 2020 , la regla establecía que el SAT podría usar los datos biométricos que tiene en su poder , para ofrecer un servicio de verificación de identidad .
Como parte del proceso de acreditación de identidad , en la entrega del certificado de firma electrónica avanzada , el SAT recaba la información biométrica de las personas : huellas dactilares , iris y rostro . Estos elementos son biológicamente intransferibles y permiten , a través de la comparación , dar certeza de la identidad .
En la práctica , el SAT estaría otorgando el servicio de verificación de la identidad de los usuarios emitiendo una respuesta binaria ( si / no ) ante la validación de identidad biométrica requerida por el solicitante .
Como señala la Fiscalía , este uso de datos biométricos generó mucha controversia y no fue bien aceptada por los contribuyentes . El problema principal es que , si hubiera un campo abierto en la seguridad , más de 100 millones de huellas dactilares , 20 millones de iris y 15 millones de rostros en las bases de datos del SAT podrían estar en peligro .
Por esto , llama la atención que en el Primer Anteproyecto de Primera de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 se modifique la regla 2.2.11 que establecía todo sobre el uso de estos datos . En la nueva versión , se eliminaron las referencias al servicio de verificación de identidad biométrica .
Para los efectos del artículo 17-F , segundo párrafo del CFF , el SAT prestará gratuitamente el servicio de verificación y autentificación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas a los contribuyentes que determinen el uso de la e . firma como medio de autenticación o firma de documentos digitales , siempre que presenten la información y documentación señalada en la ficha de trámite 256 / CFF “ Solicitud de acceso al servicio público de consulta de verificación y autenticación de e . firma ”, contenida en el Anexo 1-A .
El servicio de verificación y autentificación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas consistirá en permitir a los contribuyentes el acceso automatizado para la verificación de la validez de los certificados digitales de la e . firma , en el que obtendrán una respuesta positiva o negativa ( SI / NO ).
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