CCRES El Boletín Marzo - Abril 2020(clone) | Page 28
NOVEDADES TRIBUTARIAS
Medidas del Gobierno
nacional para afrontar
el impacto económico
del coronavirus
La combinación de políticas de gasto público y políticas expansivas
de crédito para las empresas permitirá atenuar los daños económicos
y sociales ocasionados, así como acelerar la recuperación económica.
E
l impacto negativo de la
crisis generada por el
COVID 19 sobre la economía
mundial, según algunos analistas,
será el peor que ha vivido
el mundo en casi un siglo, solo
comparado con la gran depresión
del 29.
Por eso, es necesario analizar las
medidas disponibles y otros posibles
remedios: la combinación
de políticas de gasto público y
políticas expansivas de crédito
para las empresas. Ello permitirá
atenuar los daños económicos y
sociales, y acelerar la recuperación
económica.
Algunas medidas vigentes con
sus últimas novedades son:
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1) Programa ATP: la Decisión
Administrativa 963/2020 de
la Jefatura de Gabinete realizó
adecuaciones respecto al salario
complementario del mes de abril
y mayo. Existen requisitos para
acceder y mantener el subsidio.
Los requisitos se refieren a la actividad
y al nivel de facturación
entre dos períodos dados que se
van ubicando de acuerdo al mes
en el que se otorgará el subsidio.
Sin el cumplimiento de los
requisitos no hay posibilidad de
obtención del subsidio.
Las condiciones aclaradas establecen
limitantes a futuro:
i) no distribución de utilidades
por los períodos fiscales cerrados
a partir de noviembre de
2019 por un año o dos dependiendo:
por los subsidios del
mes de mayo se dan dos situaciones
distintas: respecto de los
empleadores de más de 800 trabajadores,
el cumplimiento de
las condiciones se extiende a los
24 meses siguientes a la finalización
del ejercicio económico en
el que fue otorgado el beneficio;
para los que contaban hasta 800
trabajadores al mes de febrero
de 2020, las condiciones deben
cumplirse durante el ejercicio
económico en el que fue otorgado
el beneficio y por los 12 meses
siguientes.
ii) no se podrán recomprar acciones
directa o indirectamente;
iii) no se podrán adquirir títulos
valores en pesos para su poste-