NOVEDADES TRIBUTARIAS
Ley de“ Inocencia Fiscal”, principales aspectos en materia penal tributaria
La reciente sanción de la ley denominada“ Inocencia Fiscal”( Ley 27.799) introduce modificaciones importantes en materia de persecución penal tributaria, consolidando una tendencia hacia la actualización de montos y la adecuación del sistema a la realidad económica.
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Uno de los ejes centrales de la reforma es la actualización de los montos mínimos para la configuración de los delitos tributarios. Dichos valores, habían quAedado muy desfasados luego de la alta inflación de los últimos años que rápidamente provocaba que cualquier situación de ajuste impositivo ingresaba en los umbrales previstos, generando una expansión desproporcionada del derecho penal.
El cambio más significativo de la reforma es esa actualización integral de los montos mínimos que activan la punibilidad penal
24 tributaria, casi multiplicando por órdenes de magnitud los valores anteriores de la Ley 27.430. Entre los principales cambios se observa:
• Evasión tributaria simple: pasa de $ 1.500.000 a $ 100.000.000 por cada tributo y por ejercicio.
• Evasión tributaria agravada: pasa de $ 15.000.000 a $ 1.000.000.000, y otras configuraciones agravadas pasan de $ 2.000.000 a $ 200.000.000.
• Aprovechamiento indebido de beneficios fiscales: umbrales elevados concordemente.
• Apropiación indebida de tributos y de recursos de seguridad social: umbrales también actualizados( por ejemplo, $ 100.000 a $ 10.000.000 en ciertos casos).
Estos cambios implican que solo conductas de evasión de gran escala serán objeto de persecución penal, mientras que incumplimientos por montos inferiores quedaran predominantemente en el ámbito de sanciones administrativas, es decir multas.
LA REFORMA TAMBIÉN MODIFICA EL RÉGIMEN DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL: