NOVEDADES TRIBUTARIAS
Principales aspectos de la moratoria de la ley 27743
Luego de varios meses finalmente se sancionó la esperada ley de moratoria fiscal que trae alivios a la pesada mochila tributaria que cargan las empresas PYMES .
L a Administración Federal de Ingresos Públicos reglamentó la ley 27743 mediante la RG 5225 que establece una nueva moratoria que permitirá regularizar deudas aduaneras , impositivas y de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024 en cuotas y con importantes beneficios para contribuyentes .
El plan conviene resaltarlo ofrece mayores facilidades para monotributistas , micro y pequeñas empresas , y entidades sin fines de lucro .
La norma prevé la financiación de la deuda en hasta 84 cuotas para monotributistas y pequeñas empresas , previendo la condonación de todas las sanciones y multas no firmes al 31 de marzo de 2024 . Se entiende como tales a aquellas que están aún en curso de discusión administrativa o judicial , las que en dicho caso esas multas quedarán condonadas totalmente en la medida que la obligación que genero la misma sea cancelada por este régimen o lo haya sido anteriormente .
Para el plan de pagos los contribuyentes cuentan hasta el 13 de diciembre de 2024 inclusive para adherirse y podrán incorporar en el mismo , obligaciones en discusión administrativa o contencioso administrativa y en ejecución fiscal . También podrán regularizarse obligaciones derivadas del Aporte Solidario ( Ley 27605 conocida como “ Impuesto a las Grandes Fortunas ”) y las deudas de agentes de retención y percepción que hayan omitido sus responsabilidades .
Los planes se encuentran diferenciados en dos grupos :
a ) Planes de hasta tres cuotas mensuales , con la mayor condonación de intereses ( desde el 70 % hasta el 50 % según el momento en que se soliciten ) cuya tasa de interés de financiación se encontrará definida en función del carácter del contribuyente .
b ) Planes de mayor plazo , cuya cantidad máxima de cuotas , tasa de interés de financiación y porcentaje de pago a cuenta se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen , disponiendo de condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas , las entidades sin fines de lucro y monotributistas .
Momento de adhesión
Primeros 30 días corridos de vigencia Entre los días 31 y 60 corridos de vigencia Entre los días 61 y 90 corridos de vigencia Dentro de los días 90 corridos de vigencia A partir del día 91 corridos de vigencia
Condonación intereses resarcitorios / punitorios
70 % 50 % 40 % 30 % 20 %
Modalidad de regularización
Pago al contado o en un plan de pagos de hasta 3 cuotas mensuales
Mediante un plan de pago ( ver cuadro siguiente )
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