REMATE SELECCIÓN DE PRIMAVERA CONDICIONES DE VENTA
1.- Los animales incluidos en el presente catálogo, se venden conforme a las condiciones habituales de venta que corresponden a su tipo, cuyas características más importantes se detallan en el presente. Queda entendido por tanto, que cada persona que participe concurriendo al local de venta o haciendo ofertas para adquirir algún animal, acepta en todos sus términos las condiciones generales y particulares del remate.
2.- Al darse comienzo al remate, el martillero anunciará las condiciones particulares que regirán para el mismo, sin perjuicio de las condiciones generales aquí mencionadas.-
3.- La comisión es del 7 % mas IVA( 21 %) al Comprador. * IVA recargo adicional para Sujetos No Categorizados: 10,5 %.
4.- Los animales serán vendidos a la vista de los interesados, sin perjuicio de ello, todos los animales que salgan a la venta podrán ser revisados por todos los interesados, por sí o por medio de los profesionales que correspondan y designen.- Dicha revisación podrá realizarse en el local de venta el día del remate hasta la iniciación del mismo.-
- Por lo expresado precedentemente, todo comprador adquiere el animal que tiene a la vista, en el estado en que se encuentra, el que se considerará conocido por el interesado aceptándolo con todos sus atributos y virtudes, pero con los posibles defectos, deficiencias o anomalías, que pudiere presentar.-.
5.- Con posterioridad a la adjudicación del animal, en ningún caso, el vendedor o la firma rematadora, aceptarán reclamos que tengan por objeto rescindir o resolver la operación obtener una quita en el precio, demorar el cumplimiento de pago o formalidades; reclamar daños y perjuicios o cualquier“ otra pretensión” fundada en deficiencia o errores de pedigree, catálogo, propaganda, estado físico, orgánico, reproductivo o funcional del animal que hubiere sido adquirido.
6.- El pago del precio del animal adjudicado / adquirido deberá realizarse“ al contado”, el mismo día de la compra, salvo que con anterioridad al inicio de la subasta, el ofertante, comprador / adquirente haya peticionado a la firma rematadora y obtenido de esta conformidad escrita del vendedor, para que en el caso de resultar comprador, pueda realizar el pago correspondiente de forma y con plazos distintos al aquí establecido. Se entenderá a las concesiones otorgadas a quien lo solicita, como“ concesiones particulares” y por lo tanto no serán extensivas a los restantes“ compradores” o a todas las compras que efectúe un mismo comprador. Se deja expresamente establecido que aun existiendo plazo de financiación por la compra del animal, igualmente deberán ser abonados de contado: la comisión del martillero mas su IVA, la percepción del Impuesto a los Ingresos Brutos aplicable sobre dicha compra y el Impuesto de Sellos que grave su instrumentación, como así también el gasto de transferencia de los animales y cualquier otro gasto( fletes, cuidado, alimentación, etc.) que correspondan abonar por cuenta del comprador.
7.- Toda persona que resulte compradora de uno o más animales, previo a retirarse del local de venta, deberá cumplir, con las siguientes obligaciones y formalidades a los efectos de poder retirar el / los animal / es adquirido / s:
a).- Suscribir la documentación correspondiente a su compra( Boleta de venta, Contrato de Compra, Título de Deuda, 8