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REGLAMENTO GENERAL DE VENTAS
Inversiones ElTurf Spa.
1.
Los participantes en todas las subastas están obligados a
regirse por las disposiciones establecidas por el Consejo
Superior de la Hípica Nacional a través de su Reglamento
de Ventas, como así mismo por el reglamento interno de
Inversiones ElTurf Spa.
2. Todos los ejemplares presentados en la subasta están
debidamente inscritos en el Stud Book de Chile, poseen
Chip de identificación implantado y proceso de filiación
ejecutado en forma reglamentaria.
3. La subasta de los finasangres de carrera se hará a la
vista del ejemplar, y en el estado en que se encuentren al
momento de la venta.
4. Los ejemplares inscriptos en el catálogo de ventas
estarán en exhibición al menos 48 horas antes del inicio
de la subasta, estando sus radiografías disponibles en el
mismo periodo en la página web www.elturf.com. Podrán
coordinarse visitas con anticipación a la fecha de remate
y exhibición, a través del teléfono movil + 569 9327 2797.
5. La subasta de cualquier lote contenido en el catálogo
podrá suspenderse hasta antes de la salida al ring de
venta, independiente del valor mínimo establecido.
6. El martillero podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública
para prevenir cualquier acto que perjudique el normal
desarrollo de la subasta.
7. El catálogo de ventas es confeccionado por Inversiones
ElTurf Spa, respondiendo ante el comprador cualquier
perjuicio derivado de errores en la información entregada.
De igual forma, serán consideradas correcciones en la
información, las informadas por viva voz previo a la salida
de cada lote.
8. Sólo el Martillero podrá realizar correcciones o ratificar
información a solicitud de los interesados durante la
jornada de la subasta.
9. El Martillero se reserva el derecho de no aceptar posturas.
10. El vendedor entrega todas las facilidades a Inversiones
ElTurf Spa. para establecer todas las condiciones de
venta con los compradores, además de poder girar,
endosar, cobrar, protestar e iniciar cobranza judicial.
11. Toda persona interesada en participar de la subasta
a través de crédito, deberá presentar todos sus
antecedentes en la oficina de Inversiones Elturf Spa.,
ubicada en Apoquindo 4700, piso 16, Las Condes,
Santiago, Chile., a lo menos tres días antes de la fecha
fijada para el remate. La transgresión de esta norma
obliga al comprador a efectuar la adquisición al contado.
12. Inversiones Elturf Spa. está facultada para exigir la
presentación de un fiador y codeudor solidario, cuando
las circunstancias lo requieran.
13. Las posturas y posterior caída de martillo obligan al
comprador a cancelar el valor del finasangre subastado,
regido por las Condiciones Comerciales del Remate
descritas en este mismo catálogo, más la estadía del
finasangre después del remate. (costo por día que podrá
ser consultado en la oficina comercial del evento).
14. Los compradores estarán obligados a: a) firmar en el
momento de la compra una letra correspondiente al
valor de la adquisición, más las tasas que gravan esta
operación con vencimiento mediante su presentación, y
que deberá ser pagada o sustituída al momento de liquidar
la compra. La aceptación de esta letra, no constituirá
novación de la obligación. b) Firmar en el momento
de la compra la transferencia del finasangre adquirido.
En el caso de las ventas a crédito, esta transferencia
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llevará un timbre que dejará en prenda el ejemplar. c) Al
comprador le corresponde - previo consentimiento de la
empresa de remates o del vendedor - hacer examinar
anticipadamente por un médico veterinario el finasangre
de su interés y bajo su costo.
15. El adjudicatario recibirá en el acto de la compra la
Boleta de Martillo que deberá expresar a lo menos su
nombre, valor de la adquisición, nombre y número de
lote del finasangre adquirido, fecha de remate, nombre
del vendedor, entre otros datos. En dicha boleta deberán
indicarse las lesiones u otras anomalías que presente
el finasangre, exhibiendo los certificados veterinarios
respectivos.
16. La persona que suscriba la boleta referida en el artículo
anterior, sea que lo haga por sí o como mandatario o
agente oficioso de un tercero, responderá ante el
martillero por el precio ofrecido hasta que la venta se
liquide totalmente, salvo que con anterioridad al remate
haya acreditado ante la empresa y a satisfacción de la
misma, su personería mediante mandato que conste por
escrito.
17. Si el adjudicatario viene en calidad de mandatario agente
oficioso de un tercero, tiene la obligación de entregar
- antes del remate - los datos del comprador, de lo
contrario se facturará a nombre del adjudicatario y será
él el responsable de los gastos de la operación de venta.
18. Quién compra por cuenta de terceros asume libre y
solidariamente la responsabilidad de las deudas de su
mandante, mientras éste no efectúe directamente la
liquidación de su compra y sea aceptado por Inversiones
ElTurf Spa.
19. El adjudicatario que actúa por sí o como mandatario o
agente oficioso de uno o más compradores en común,
todos ellos serán solidarios en las obligaciones derivadas
de esta compra, saldos de precio, gastos originados
desde la caída de martillo, intereses y otros gastos de
la operación.
20. El adjudicatario autoriza a Inversiones ElTurf Spa. a
descontar de los premios obtenidos en los hipódromos
por los finasangre que figuren a su nombre en las
oficinas del Stud Book de Chile, los gastos que queden
pendientes producto de la compra.
21. Dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de
la venta, todo comprador deberá dejar finiquitada la
liquidación correspondiente. Pasado este plazo quedará
en mora y pagará el interés máximo permitido por la ley.
22. La Empresa de remates emitirá una Nota de Venta, en
la que se indica las condiciones en que se vende cada
ejemplar. En las ventas a crédito - cuando el comprador
ha sido aceptado - este deberá firmar y/o aceptar letras
de cambio u otros documentos de crédito emitidos por
la empresa, por los montos que de común acuerdo
hayan fijado las partes, con vencimiento a las fechas que
correspondan según los plazos de la operación.
23. A falta de condiciones de venta especiales o convenidas
por escrito con antelación a la subasta, todo animal que
se remate deberá ser pagado al contado. Cuando le
empresa o el vendedor contemplen ventas a crédito o
condiciones especiales, los plazos se contarán desde la
fecha de remate y los intereses serán los que la empresa
fije, los cuales están informados en el catálogo de ventas.
24. Inversiones Elturf Spa. podrá recibir encargos o mandatos
para al adquisición de animales, los cuales deberán estar
debidamente documentados, pudiendo la empresa
rechazar - previa calificación - el o los mandatos.
25. Realizada la adjudicación en subasta o venta privada
por intermedio de Inversiones Elturf Spa., no se admitirá
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