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¿QUÉ DEBEMOS SABER DESDE EL CÓDIGO DE ÉTICA INGENIERIL?
ARTÍCULO 33.
DEBERES ESPECIALES DE LOS PROFESIONALES PARA CON LA SOCIEDAD
Estudiar cuidadosamente el ambiente que será afectado en cada propuesta (sic) de tarea (sic), evaluando los impactos ambientales en los ecosistemas involucrados, urbanizados o naturales, incluido el entorno socioeconómico, seleccionando la mejor alternativa para contribuir a un desarrollo ambientalmente sano y sostenible, con el objeto de lograr la mejor calidad de vida para la población;
Rechazar toda clase de recomendaciones en trabajos que impliquen daños evitables para el entorno humano y la naturaleza, tanto en espacios abiertos, como en el interior de edificios, evaluando su impacto ambiental, tanto en corto como en largo plazo;
Proteger la vida y salud de los miembros de la comunidad, evitando riesgos innecesarios en la ejecución de los trabajos;