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Artículo 4: Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Tenían a los precolombinos como esclavos, los obligaban a hacer un trabajo muy duro y eran muy mal alimentados, y esto si tenían suerte, ya que solían matarlos y torturarlos.

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Artículo 20: Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Los conquistadores aunque parecían estar interesados en su religión, no la comprendían, por lo que obligaban a los precolombinos a creer en otra religión (en la de los conquistadores).