BRUJULA CIUDADANA El TLC más allá de las mesas de renegociación | Page 33

2. U n TLCAN bajo la égida de T rump 31 En ese marco se puede evocar un tema de gran importancia: el de la protección de las inversiones extranjeras, presente en el capí- tulo 11 del mencionado tratado. Ese capítulo garantiza varios derechos a las inversiones extranjeras: poder transferir ganancias, de- recho a compensaciones en caso de una expropiación directa o “indirecta” (si se da, por ejemplo, por cambios regulatorios). Sobre todo, los inversionistas extranjeros pueden hacer valer sus derechos directa- mente en contra de gobiernos soberanos -y ante árbitros privados cuyas decisiones no pueden ser impugnadas- por la vía del mecanismo “Solución de Controversias entre Inversionistas y Estado” (investor-state dispute settlement - ISDS). Con cifras que proba- blemente habría que actualizar, 59 casos de ese tipo han sido presentados en el marco del TLCAN: 17 contra Estados Unidos, 25 contra Canadá y 18 contra México. Estados Unidos no ha perdido ninguno; Canadá y México han perdido varios que les han cos- tado varios millones de dólares, como el de Metalclad Corporation vs Mexico, sobre el cual no podemos extendernos aquí. El tema tiene muchas aristas tanto en un plano general como en relación con temas energéticos. En el caso del primero ¿por qué no pasar de un esquema “inversionistas privados–Estados a uno “Estados-Estados” en el cual estos se hagan responsables del cumplimiento de las regulaciones sobre in- versiones? En el caso de los asuntos ener- géticos preocupa uno de manera especial: