BOLETÍN N 2 ADOFAIP BOLETIN 02 ADOFAIP 2018 | Page 18

ASOCIACION DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIA NACIONAL DEL PERU
10.
28 / 02 / 2017
NOE FERNANDEZ CACERES
1,050.00
11.
22 / 03 / 2017
ANGEL PINTO Y RODRIGUEZ
3,500.00
12.
29 / 04 / 2017
JOSE FINETTI ARSENTALES
1,750.00
13.
24 / 01 / 2017
GUSTAVO KARR BURGA
2,800.0O
14.
13 / 03 / 2017
RENAN REPETTO MENDOZA
1,750.10
15.
25 / 05 / 2017
GONZALO GAMBIRAZIO MARTINI
7,000.00
16.
21 / 09 / 2017
MARCIA MALAGA CRUZ DE CARDENAS
7,000.00
17.
29 / 09 / 2017
LORENZO CARDENAS CARO
7,000.00
18.
11 / 10 / 2017
MANUEL REATEGUI SEMOZA
1,167.00
19.
21 / 11 / 2015
CARMEN SOLIS DE PEREZ
2,800.00
20.
25 / 09 / 2017
MANUEL PEREZ AGUILAR
468.00
21.
09 / 11 / 2017
VICTOR FELIX GARCIA
960.00
22.
01 / 09 / 2017
LUIS VALDIVIA BLONDET
7,000.00
23.
19 / 11 / 2017
PEDRO GUERRERO LOPEZ
7,000.00
24.
05 / 05 / 2018
CARLOS VIGIL ARISTA
7,000.00
25.
15 / 05 / 2018
LUIS TUPAYACHI GONZALES
7,000.00
26.
06 / 06 / 2018
SEGUNDO ARRIOLA FERIA
7,000.00
27.
14 / 06 / 2018
JUSTO JARA UGARTE
7,000.00
28.
05 / 06 / 2018
VICTOR MURILLO VILLACORTA
7,000.00
29.
13 / 05 / 2018
JORGE PRIETO SALAS
830.00
30.
21 / 06 / 2018
ERASMO BOCANEGRA ESPINOZA
7,000.00
31.
14 / 03 / 2017
JUAN PEREZ DEL AGUILA
2,625.00
32.
07 / 06 / 2018
AUGUSTO CAMINO EGOAGUIRRE
7,000.00
COMUNICADO PARA PENSIONISTAS DEL EJÉRCITO DEL PERU
ADOFAIP, pone en conocimiento de los Pensionistas, que se viene gestionando ante las instancias del Comando del Ejército, se corrija en las Boletas de los Pensionistas, lo siguiente: Dice Régimen Pensionario: Montepío Ley 12326 Debe decir Régimen de Pensiones D. S. 19846 NOTA: La Ley 12326 no es Ley de Pensiones, sino Ley de situación militar de los Oficiales del Ejército, Marina y Fuerza Aérea del Perú, fue derogada por el D. S. 20675.
COMUNICADO – CARTA DECLARATORIA
ADOFAIP agradecerá a los Asociados que NO tengan su Carta Declaratoria de Beneficiarios o deseen actualizarla, acercarse a la oficina de ADOFAIP( Mutual) de Lunes a Viernes de 09.00 a 14.00 hrs. para recabar el formato correspondiente, para luego de llenarlo y legalizar la firma ante un Notario, devolverlo en un sobre cerrado debidamente firmado, a fin de que no queden dudas al momento de su apertura y se respeten los deseos del Asociado. Es bueno mantener informados a los familiares más cercanos, que al fallecer el Asociado deberán comunicar el hecho a los teléfonos 7131015 y 7131017, a fin de que se les cite para la apertura de la Carta Declaratoria, para lo cual deben constituirse con los siguientes documentos:- Copia del Acta o Certificado de Defunción de la RENIEC.- Copia del DNI del o los familiares que solicitan la apertura de la carta.- Después de aperturar la carta mutual, copia del DNI de los beneficiarios. Los formatos para aperturar la carta mutual, se entregan( gratuitamente) en el departamento Mutual
COMUNICADO- Apoyo Económico Reembolsable( AER)
Se recuerda a los señores Asociados, mantenerse informado sobre su descuento mensual como asociado que les corresponde, en caso de haber obtenido un AER. Asimismo, de acuerdo al Art. 9 ° b.“ Cumplir puntualmente con sus obligaciones económicas”. f.“ Entregar y mantener actualizada su Carta Declaratoria de Auxilio Mutual, con firma legalizada notarialmente”, h.“ Proporcionar oportunamente la información actualizada sobre cambio de Situación Militar, grado, dirección domiciliaria, Unidad o dependencia donde presta servicios, oficina pagadora y otros datos que le fueran solicitados” y Art. 13 °“ Se pierde la condición de Asociado por las causales siguientes:” e.“ Por adeudar seis( 6) cuotas mensuales, que conlleva a la pérdida de las cuotas abonadas y de los beneficios del Auxilio Mutual por Fallecimiento( AMF) que otorga la Asociación”.