México, que viajen al extranjero, solos o en compañía de un tercero mayor
de edad (si va acompañado de uno de sus padres NO requiere de
autorización).
• Si el menor es extranjero y viaja como turista NO requiere de autorización
para salir de México. Esto aplica también para todo aquel menor que se
encuentre en territorio nacional bajo la condición de estancia de visitante sin
permiso para realizar actividades remuneradas.
• La autorización se puede otorgar mediante las siguientes alternativas:
o El documento emitido por el Instituto Nacional de Migración,
mediante el formato que publicó para el efecto, el pasado 3 de
enero, y al cual se podrá acceder en el sitio web del INM
(www.inm.gob.mx), o;
o Documento notarial a través del cual quienes ejerzan la patria
potestad o la tutela autorizan su salida del territorio nacional,
otorgado ante fedatario público. Este documento se tendrá
que especificar lo siguiente:
El nombre del menor y el de la persona que otorga
la autorización para viajar tal y como aparecen en
sus respectivos pasaportes.
Medio de transporte, destino y fecha de viaje.
El documento deberá estar acompañado de una
traducción al español, si está redactado en otro
idioma.
Para que el documento tenga validez en México,
deberá estar legalizado por este Consulado General.
Comparta esta información con sus familiares y amigos, a fin de evitar
contratiempos en los viajes de los menores de edad.
Si requieres mayor información al respecto, no dude en comunicarse al: (514)
288-2502 ext. 230.
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