Norma Técnica de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo
Requisitos prohibidos (cuando vulneran el derecho al trabajo)
según la Norma Técnica de los Servicios de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Está prohibido vulnerar el derecho al trabajo solicitando los
siguientes parámetros según el artículo 32 de dicha norma:
• Examen
de VIH (el cual requiere a su vez un consentimiento
informado y escrito por Decreto del Ministerio del Poder Popular
para la Salud).
• Resonancia magnética en el preempleo y en cualquier otro tipo
de evaluación, salvo que su uso esté justificado para fines
diagnósticos, por ejemplo, en una investigación de enfermedad
ocupacional.
• Prueba de embarazo sin el consentimiento informado y escrito.
• Todas aquellos exámenes o pruebas que pretendan menoscabar
los derechos individuales o colectivos de los trabajadores.