CUENTAS INACTIVAS ; ¿ TE PUEDEN QUITAR TU DINERO ?
CONOCE EN QUÉ CASOS PUEDES PERDER UN DINERO ACUMULADO EN UN BANCO SI NO LES DAS MOVIMIENTO
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Sabías que si tienes una cuenta bancaria y no haces movimientos en ella durante varios años , tus recursos pueden pasar a la beneficencia pública o incluso -desde hace unos meses- a seguridad pública ? Por eso es muy importante saber cuándo se considera inactiva tu cuenta bancaria . Sobre todo , porque se generó una gran confusión cuando el año pasado , la Cámara de Diputados de México aprobó que los recursos de las cuentas inactivas , abandonadas y olvidadas en los bancos pasen a ser propiedad de la Tesorería de la Federación , para usarlos en el reforzamiento de la infraestructura policial de las policías locales , estatales y de la Guardia Nacional . Según se dio a conocer , con los cambios y reformas al artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito , la secretaría de Hacienda , la federación y las entidades federativas recibirían el 45 , 30 y 25 por ciento del dinero de las cuentas abandonadas .
¿ Qué dice la ley ?
El artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito establece que se considera inactiva una cuenta después de tres años sin haber registrado actividad financiera -a excepción de la contabilización de intereses- como depósitos o retiros . Sin embargo , durante este período el monto depositado sigue siendo de la persona que tenga la cuenta bancaria a su nombre y el banco tiene la obligación de avisar al domicilio registrado en la cuenta , 90 días antes de que se cumplan los tres años de inactividad . Si transcurren tres años más y los recursos no han sido reclamados , no han tenido movimiento , y el monto no excede los 300 días de salario mínimo vigente , el dinero será entregado a la Beneficencia Pública , lo que significa que ya no se podrán recuperar los recursos , indica la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros ( Condusef ).
Nuevo destino ; ya no a la Beneficencia Pública
Es decir , ya estaba estipulado la pérdida de los recursos después de un tiempo si no se movían . Lo que pasa es que de acuerdo con la reforma , solo se cambiará la forma en cómo se emplea el dinero . No se dispondrá de los recursos de usuarios de servicios financieros con posibilidades de ser reclamados , sino de aquellos recursos cuyo derecho a ser reclamados han prescrito , es decir , que habiendo transcurrido los seis años que marca la ley , no fueron ni podrán ser reclamados por lo que no se afectan las garantías constitucionales . De tal forma que los nuevos usos del dinero quedarían de la siguiente manera : 45 por ciento a las fuerzas de seguridad federales , 30 por ciento a las fuerzas de seguridad estatales y 25 por ciento restantes a las fuerzas de seguridad municipales .
Recuerda que …
El banco tiene la obligación de avis registrado en la cuenta , con 90 días a que se cumplan los tres años de in tus recursos se irán a la cuenta glo bargo , durante este período el mon sigue siendo tuyo .
Aprendiendo 18