ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL aborto

CONSTITUCIONAL COLOMBIANO II LEIDY JULIETH MARTINEZ ACEVEDO SENTENCIA C-355 DE 2006 - RATIO DECIDENCI: La corte consideró que, las normas demandadas, se declaran exequibles por precedente judicial e internacional ya que se busca la protección de los derechos fundamentales de la mujer y los del nasciturus, pero al tener claro que el feto por nacer no es una persona aún definida, por tanto se entra en contradicción con el derecho constitucional de la vida, en el cual se protege este bien jurídico sobre cualquier otro derecho, lo que resultaría como inconstitucional, por lo que se entra a ejercer el principio de proporcionalidad y la ponderación con el fin de establecer en qué casos puede ser factible la práctica del aborto o de la interrupción del embarazo, con el fin de salvaguardar los derechos de la mujer como titular de derechos ya establecida sobre el nasciturus, como lo es su dignidad humana, libertad, su integridad física y moral, la salud y el libre desarrollo de la personalidad; ya que engloba lo que se constituye como el proyecto de vida de la persona, la autonomía de su reproducción, autodeterminación y configuración de su identidad personal como tal. Se pretende sancionar esta conducta típica, pero en algunas circunstancias se puede proceder a la interrupción voluntaria del embarazo, aunque no se encuentre una equivalencia entre las dos vidas, se convertiría atípica en cuanto el resultado del embarazo haya sido resultado de un hecho punible, como lo es el acceso carnal, acto sexual sin consentimiento, abusivo, de inseminación artificial o transferencia de ovulo fecundado no consentidas, o de incesto, siempre y cuando hayan sido denunciados debidamente ante las autoridades; cuando constituya peligro para la vida y salud de la madre y por malformación del feto, que haga inviable su vida, certificada médicamente.