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Implicaciones para el IMSS Ahora bien una vez que determinamos el pago de las horas extras dobles, debemos también revisar cuanto de ello se estaría gravando para efectos del promedio de variables a presentar al IMSS, esto de acuerdo al Artículo 27 en su fracción IX de la ley del IMSS que explica para para el salario base de cotización se excluye el tiempo extraordinario dentro de los márgenes señalados en la Ley Federal del Trabajo, lo que quiere decir que el tiempo extraordinario que exceda a lo que indica la ley federal del trabajo estaría siendo considerado en el gravado para la determinación del salario base de cotización, en donde siguiendo el punto anterior vimos que solo se tiene permitido hasta 3 horas diarias hasta 3 veces a la semana. Veamos el ejemplo anterior quedaría de la siguiente manera: Horas Extra Exentas Gravadas Lunes 5 3 2 Martes 2 2 0 Miércoles 0 0 0 Jueves 2 2 0 Viernes 1 0 1 Sábado 0 0 0 Domingo 0 0 0 Total 10 7 3 En este caso nuestras horas extras dobles están siendo consideradas como exentas y nuestras horas extras triples son consideradas para gravadas: Horas gravadas para IMSS = 3 horas * salario diario 100 * 3 El total de la percepción que gravaría para IMSS seria $900