Agenda Cultural UdeA - Año 2000 JULIO | 页面 16

ISBN 0124-0854
N º 58 Julio de 2000

La salvaguarda del patrimonio en el departamento de Antioquia

Por: Álvaro Sierra Jones

En

Antioquia, la valoración, la conservación y la
salvaguarda
del
patrimonio
se
han
dedicado a las obras de
valor
histórico,
arquitectónico y cultural,
y han descuidado la
arquitectura
no
monumental, y los demás
bienes
y
valores
culturales.
Esto se ha dado como consecuencia de la legislación y normatización vigentes en nuestro país, desde la ley 48 de 1918 que creó la Dirección Nacional de Bellas Artes.
Luego, la Ley 163 de 1959, la cual se acoge a la Conferencia Panamericana de Montevideo de 1933, considera como monumentos, además de los de origen Colonial y Prehispánico, los que están íntimamente vinculados con la lucha por la Independencia y con el período inicial de
la organización de la República. Además declara monumentos nacionales los centros antiguos de varias ciudades como Tunja, Cartagena, Popayán, Villa de Leyva y Santafé de Antioquia, entre otras. Igualmente creó el Consejo de Monumentos Nacionales como organismo rector del control patrimonial.
El Decreto 264 de 1963 reglamenta la Ley 163 y declara como monumentos nacionales los sectores antiguos de Rionegro y Marinilla.
El 1968 se creó el Instituto Colombiano de Cultura, con la Subdirección
General de Patrimonio y la División de Inventario de Patrimonio Cultural, para iniciar el registro de los bienes culturales de interés general.
En 1971 se crea el Fondo de Inmuebles Nacionales al que, entre otras funciones, se asignaron las de administrar y conservar los inmuebles de la Nación y los Monumentos Nacionales.
En el año de 1992 se crea el Instituto Nacional de Vías como parte del programa de modernización del Estado Colombiano, y en su misión está incluida la preservación del Patrimonio Cultural