ABClatino Magazine Year 5 Issue 8 | Page 18

Si usted ha sido deportado de los Estados Unidos en cualquier fecha, desde 1997 hasta el presente, de las cortes de inmigración, es posible que pueda reabrir tu caso de deportación; esto es debido a recientes decisiones de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. Comenzando en 1997, las personas que han sido puestas en deportación, también reconocido como proceso de remoción, recibieron un documento llamado Notificación de comparecencia.  La Corte Suprema dictaminó en el caso de Pereira v. Sessions que “un documento etiquetado como “Notificación de Comparecencia (NTA por sus siglas en inglés),’ que no especifica ni la hora ni el lugar del proceso de deportación” es ilegal e inválido. La Junta de Apelaciones de Inmigración y ciertos tribunales federales intentaron eludir esa importante decisión y al dejar que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (USICE por sus siglas en inglés) emitiera un segundo documento que notificaba a las personas en el proceso de deportación de cuando era la fecha y lugar de su audiencia y decían que este nuevo documento cumplía los requisitos de la ley, sobre la notificación adecuada de los procedimientos de deportación.

La Corte Suprema emitió una opinión el 29 de abril de 2021 en Niz-Chavez v. Garland. La Corte sostuvo que el DHS tienen que proporcionar los horarios (fechas) y lugares para las audiencias de los extranjeros en sus " NTA" para impedir que los extranjeros acumulen presencia adicional en los Estados Unidos para el proceso de cancelación de deportación según la sección 240A (b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. En la decisión de Niz-Chávez, la Corte denunció la práctica del gobierno de proporcionar la información necesaria a lo largo del tiempo y en múltiples documentos (proceso de dos pasos), lo que puede llevar a que los que no son ciudadanos (ilegales) pierdan o no asistan a sus citas en la corte. Esta decisión es importante porque la Corte Suprema ahora ha sostenido claramente que las personas a las que se les emitió un NTA sin indicar la fecha y el lugar de su corte, pueden intentar reabrir su caso de deportación y quizás obtener el beneficio de cancelación de deportación, si esa persona tiene 10 años o más de presencia física en los Estados Unidos al momento de la reapertura de su caso de deportación y que tengan familiares que sean ciudadanos americanos.  

 

Reapertura de su Caso

de Deportación

si ha Sido Deportado Desde 1997