Artículos 13 de la ley 1482 de 2011
Esta ley prohíbe cualquier tipo de discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosofía.
Sanciones
Los actos de racismo y discriminación por motivos de raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual de una persona se castigan con una pena de 12 a 36 meses y una multa de 10 a 15 salarios mínimos vigentes.
En circunstancias de agravación punitiva las penas anteriores se aumentarán de una tercera parte a la mitad.
En circunstancias de atenuación punitiva las penas previstas anteriormente se reducirán en una tercera parte.