16 de febrero 2022 | Page 83

3.7 . CONSIDERACIONES ESPECIALES : PIEZAS DE REPUESTO
3.8 . POSICIÓN NEGOCIADORA DE LA UE ANTE LA OMC

3.7 . CONSIDERACIONES ESPECIALES : PIEZAS DE REPUESTO

PIEZAS DE REPUESTO
Las disposiciones de aplicación relativas a las piezas de recambio se encuentran recogidas en el artículo 35 del AD-CAU ( accesorios , piezas de repuesto o herramientas ).
1 . Se considerará que los accesorios , piezas de repuesto o herramientas que se entreguen con cualquiera de las mercancías recogidas en las secciones XVI , XVII y XVIII de la nomenclatura combinada y que formen parte de su equipo normal tienen el mismo origen que dichas mercancías .
2 . Se considerará que las piezas de repuesto esenciales destinadas a cualquiera de las mercancías recogidas en las secciones XVI , XVII y XVIII de la nomenclatura combinada previamente despachadas a libre práctica en la Unión tienen el mismo origen que dichas mercancías si la incorporación de las piezas de repuesto esenciales en la fase de producción no habría modificado su origen .
3 . A efectos del presente artículo , se entenderá por “ piezas de repuesto esenciales ” las piezas que : A . Son componentes sin los cuales no puede asegurarse el correcto funcionamiento de un equipo , máquina , aparato o vehículo que hayan sido despachados a libre práctica o exportados previamente .
B . Son características de esas mercancías .
C . Están destinadas a su mantenimiento normal y a sustituir a piezas de la misma especie dañadas o inutilizadas .

3.8 . POSICIÓN NEGOCIADORA DE LA UE ANTE LA OMC

3.8.1 . INTRODUCCIÓN
Teniendo en cuenta que la norma comunitaria sobre la transformación sustancial , en el marco del origen no preferencial , estaba plasmada en el artículo 24 del CA ( actualmente en el apartado 2 del artículo 60 del CAU ) y que daba lugar a interpretaciones divergentes entre los Estados miembro y los operadores , habiendo causado un buen número de recursos ante los tribunales , ello a pesar de su desarrollo en los artículos 36 , 37,39 del RAC y en los anexos 10 y 11 del ( RAC ) ( actualmente en el artículo 32 y en el ANEXO 22-01 del AD-CAU ).
Considerando que en el Programa de Trabajo de Armonización ( PTA ) de las normas de origen no preferencial que se sigue en Ginebra en el marco de la OMC , la comunidad europea ha tomado posiciones para todos los productos de las nomenclaturas del Sistema Armonizado , tras las extensas consultas con los EEMM y las asociaciones y federaciones europeas de los sectores implicados .
Se adoptó en el seno del Comité del Código Aduanero-Sección Origen n º 137 , celebrado en Bruselas los días 17 y 18 de noviembre de 2003 un acuerdo administrativo en base al cual las referidas posiciones negociadoras de la CE en el PTA serán tenidas en cuenta para la interpretación del artículo 24 del CA , en la actualidad recogido en el referido apartado 2 del artículo 60 del CAU , principalmente para la aplicación del criterio de la última transformación sustancial , siempre y cuando no existiera norma de origen específica en los Anexos 10 ( textiles y sus manufacturas ) y 11 ( otros productos ) del Reglamento 2454 / 93 de aplicación del Código aduanero ( RAC ), que han sido sustituidos por el ANEXO 22-01 del AD-CAU .
Para llevar a efecto este Acuerdo Administrativo , las normas de origen no preferencial que conforman la Posición Negociadora Comunitaria en el PTA se han publicado en inglés , francés y alemán en las páginas WEB de la Comisión europea siguientes :
Non-Preferential Origin :
https :// ec . europa . eu / taxation _ customs / business / calculation-customs-duties / rules-origin / nonpreferential-origin _ en
Introductory Notes to the Table of List Rules :
https :// ec . europa . eu / taxation _ customs / business / calculation-customs-duties / rules-origin / nonpreferential-origin / introductory-notes-table-list-rules _ en
introductory notes to the table of list rules ” “ list rules ” in a non-highlighted manner :
https :// ec . europa . eu / taxation _ customs / business / calculation-customs-duties / rules-origin / nonpreferential-origin / table-list-rules-applicable-products-following-classification-cn _ en
More information is to be found in the Guidance on non-preferential rules of origin .
ORIGEN NO PREFERENCIAL
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