— PROCEDIMIENTO DE OBTENCIÓN del estatuto de exportador registrado :
— Presentación de la Solicitud En España , según lo previsto en el apartado Primero 2 . d ) 3 º de la
Resolución de
14 de diciembre de 2016 , del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria , por la que se delegan competencias en órganos de las delegaciones especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria , publicada “ BOE ”
núm . 315 , de 30 de diciembre de 2016 , la competencia corresponde al titular de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales competente en función del domicilio fiscal del interesado , por delegación del titular del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales .
Los exportadores que deseen obtener el estatuto de exportador registrado deberán solicitarlo a la Dependencia Regional de Aduanas e IIEE de su demarcación , preferentemente por vía telemática , pudiendo hacerlo por una de las siguientes vías :
Está disponible en la sede el apartado “ ayuda ” que proporciona información para facilitar la presentación de la solicitud , con el contenido recogido en :
— Por registro ya sea presencial o a través de Sede Electrónica .
— Modelo de la Solicitud La solicitud de inscripción en el sistema de registro de exportadores ( REX ) se realizará utilizando el formulario que figura en el anexo 22-06 BIS , p 818 , del (
AE-CAU ).
— Concesión del registro La Dependencia Regional de aduanas e IIEE correspondiente sólo registrarán a un exportador si el formulario de solicitud presentado por el exportador que pide su registro está completo y si toda la información facilitada es correcta .
Efectuado el registro , procederá a notificar al solicitante su número de registro REX y la fecha a partir de la cual tiene validez , indicando las obligaciones y los compromisos que adquiere e informado de que como exportador registrado asume la total responsabilidad del correcto uso de las comunicaciones sobre el origen que extienda , especialmente en el caso de comunicaciones sobre el origen incorrectas o de un uso indebido de las mismas .
El exportador registrado extenderá las comunicaciones de origen que se refieran exclusivamente a los productos que exporta que cumplen las reglas de origen correspondientes al régimen preferencial de aplicación , incluyendo en ellas el número REX concedido .
También deberá informar sin demora a su dependencia regional de cualquier elemento surgido tras la concesión del registro que pueda influir en su mantenimiento o contenido .
En páginas web TAXUD :
Useful links and documents :
JUSTIFICACIÓN DEL ORIGEN
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