16 de febrero 2022 | Page 3

3 . ORIGEN NO PREFERENCIAL
3.1 . Introducción

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3.2 . Normativa aplicable 71
3.3 . FINES 79
3.4 . CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL ORIGEN 80
3.5 . AMBITO DE APLICACIÓN 80
3.6 . CRITERIOS BÁSICOS 80
3.6.1 . Productos enteramente obtenidos 80
3.6.2 . Transformación sustancial 80
3.6.3 . Transformación insuficiente 83
3.7 . CONSIDERACIONES ESPECIALES : PIEZAS DE REPUESTO 84
3.8 . POSICIÓN NEGOCIADORA DE LA UE ANTE LA OMC 84
3.8.1 . Introducción 84
3.8.2 . Origen no preferencial en la OMC : pag . Web -Taxud 85
3.8.3 . Ejemplos aplicación posición negociadora 88

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4 . ORIGEN PREFERENCIAL
4.1 . INTRODUCCIÓN 4.2 . NORMATIVA APLICABLE 4.3 . CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL ORIGEN PREFERENCIAL 4.4 . ÁMBITO DE APLICACIÓN 4.5 . CRITERIOS BÁSICOS 4.5.1 . Productos enteramente obtenidos 4.5.2 . Productos suficientemente transformados o elaborados 4.5.3 . Transformaciones insuficientes
4.6 . CRITERIOS COMPLEMENTARIOS 4.6.1 . Tolerancia general 4.6.2 . Acumulación 4.6.3 . Excepciones a las normas de origen
4.6.4 . Principio de territorialidad – transporte directo – no alteración -tolerancia extraterritorial
4.6.5 . Prohibición de exención o devolución de derechos
4.7 . CONSIDERACIONES ESPECIALES 4.7.1 . Accesorios , piezas de repuesto y herramientas 4.7.2 . Unidad de calificación 4.7.3 . Surtidos 4.7.4 . Elementos neutros
4.8 . NOTAS EXPLICATIVAS 4.8.1 . Introducción 4.8.2 . Normativa aplicable 4.8.3 . Estructura
4.9 . MODIFICACIONES DE LOS REGÍMENES UNILATERALES 4.9.1 . Régimen unilateral : PTU 4.9.2 . Normas de origen del SPG
4.10 . ACUERDOS PREFERENCIALES RECIENTES 4.10.1 . Acuerdo UE / Japón 4.10.2 . Otros acuerdos El covid-19
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