16 de febrero 2022 | Page 112

4.9 . MODIFICACIONES DE LOS REGÍMENES UNILATERALES
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ORIGEN PREFERENCIAL

4.9 . MODIFICACIONES DE LOS REGÍMENES UNILATERALES

4.9.1 RÉGIMEN UNILATERAL : PTU
Las normas de origen de este régimen unilateral estaban establecidas en el Anexo VI de la Decisión 2013 / 755 / UE del Consejo , relativa a la asociación de los países y territorios de ultramar con la UE , publicada en ( L 344 de 19-12-13 , p 1 ).
Dado que este régimen aplica el sistema de exportador registrado ( REX ) desde el 1-01-2020 y que las normas de este sistema , que están establecidas en el
Reglamento de Ejecución ( UE ) 2015 / 2447 ( AE-CAU ) han sido objeto de diversas modificaciones , era necesario modificar en consonancia el indicado Anexo VI .
De ahí que en la Decisión ( UE ) 2019 / 2196 del Consejo que modifica la Decisión 2013 / 755 / UE relativa a la asociación de los países y territorios de ultramar con la Unión , publicada en el DOUE serie L 337 de 30-12-19 , p1 , se recoge íntegramente el texto del indicado anexo VI , incluyendo las modificaciones de las disposiciones afectadas . Esta modificación comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2020 .
Asimismo , se ha publicado el Aviso a los importadores en relación con la aplicación del Sistema de Registro de Exportadores REX en el marco de la Decisión de Asociación Ultramar ( 2020 / C 197 / 03 ), Publicado en el DOUE serie C 197 de 12.6.2020 , p 3 .
Con este aviso se recuerda a los operadores que a partir del 1 de enero de 2020 ni los certificados de origen EUR . 1 expedidos por las autoridades competentes en un PTU antes del 1-01- 2020 , ni las declaraciones de origen extendidas por un exportador en un PTU antes del 1-01- 2020 , se consideran pruebas válidas de origen con las que acogerse al tratamiento arancelario preferencial en la Unión Europea con arreglo a la Decisión ( UE ) 2019 / 2196 .
También se indica que puede consultarse información detallada sobre la fecha de aplicación del sistema REX por parte de todos los PTU En el sitio web de Europa :
https :// ec . europa . eu / taxation _ customs / business / calculation-customs-duties / rules-origin / general-aspects-preferential-origin / arrangements-list / generalised-system-preferences / the _ register _ exporter _ system _ en .
Y se anima a los operadores a consultar este sitio periódicamente para comprobar si los PTU tienen derecho a aplicar el sistema REX y en qué fecha .
Ver ANEXO V B de esta guía .
Los países integrantes del PTU a los que se aplica la asociación son los recogidos en la lista del anexo II del TFUE .
Ver ANEXO X de esta Guía .
Las Pruebas De Origen Para Las Exportaciones de la UE a Nueva Caledonia , San Pedro y Miquelón y Polinesia francesa
Aunque el PTU es un régimen unilateral de la UE y por tanto las preferencias solo se aplican a las importaciones en la UE , Nueva Caledonia , San Pedro y Miquelón y Polinesia francesa tienen previsto en su respectiva normativa conceder preferencia a las mercancías originarias de la UE ; en consecuencia , se extenderán por los exportadores de la UE las declaraciones REX al objeto de poder obtenerse a la importación en esos países las preferencias que conceden .
Ver al respecto los siguientes Anexos : ANEXO XXIV : LAS PRUEBAS DE ORIGEN PARA LAS EXPORTACIONES DE LA UE A NUEVA CALEDONIA
ANEXO XXV : LAS PRUEBAS DE ORIGEN PARA LAS EXPORTACIONES DE LA UE A SAN PEDRO Y MIQUELÓN Y A POLINESIA FRANCESA

4.9.2 NORMAS DE ORIGEN DEL SPG

4.9.2.1 Normativa del SPG
Esta normativa está recogida en el Reglamento ( UE ) n º 978 / 2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 se ha publicado en el DOUE serie L n º 303 de 31-10-2012 , por el que se aplica un sistema de preferencias arancelarias generalizado y se deroga el Reglamento ( CE ) n º 732 / 2008 del Consejo .
Este nuevo reglamento recoge los países y las mercancías que tendrán derecho a las preferencias arancelarias del régimen autónomo de la UE sobre el Sistema de Preferencias Generalizadas ( SPG ).
El sistema será de aplicación hasta el 31-12-2023 ; sin embargo , ese plazo no se aplicará al régimen especial en favor de países menos desarrollados ( PMD ) ni a las demás disposiciones recogidas en el Reglamento que sean aplicables con respecto a dicho régimen PMD .
Las modificaciones y correcciones de este Reglamento ( UE ) n º 978 / 2012 pueden encontrarse en :