16 de febrero 2022 | Page 48

2.3.1.6 . EL EUR- 2
El certificado de circulación de mercancías EUR-2 era el sistema simplificado de la prueba de origen que existía antes de la introducción de la declaración en factura en los Acuerdos preferenciales de la CE . En la actualidad sólo se recoge en el Acuerdo con Siria y desaparecerá tan pronto este país acepte el Protocolo de origen pan euro mediterráneo . Este certificado se extiende por el exportador para envíos por un valor inferior a un importe de 2590 €.
2.3.1.7 . LA COMUNICACIÓN SOBRE EL ORIGEN
INTRODUCCIÓN
La comunicación sobre el origen es la prueba de origen que se estableció con la reforma de las normas de origen del sistema de preferencias generalizado de la UE ( SPG ), en el marco del Exportador registrado ( REX ), se aplica desde el 1 de enero de 2017 , aunque se va utilizando progresivamente por los países beneficiarios del SPG en la medida que van cumpliendo los requisitos que se exigen ( Artículos 70 y 72 del AE-CAU ) para la implantación del sistema REX , sustituyendo al certificado FORM-A .
Para aplicarse eficazmente el sistema REX un país beneficiario del SPG tiene que cumplir los dos requisitos previos siguientes :
— Presentar a la Comisión un compromiso que prevea la cooperación administrativa en el marco del sistema REX ( artículo 70 del AE-CAU ).
— Comunicar a la Comisión los datos de contacto de las autoridades competentes que se ocupan del registro de los exportadores y de la cooperación administrativa ( artículo 72 del AE-CAU ).
El calendario de aplicación del sistema REX para los países SPG y PTU puede consultarse en la Página web de TAXUD siguiente :
https :// ec . europa . eu / taxation _ customs / business / calculation-customs-duties / rules-origin / general-aspects-preferential-origin / arrangements-list / generalised-system-preferences / the _ register _ exporter _ system _ en
Está en el ánimo de la UE que esta sea la única prueba de origen en todos sus regímenes preferenciales , suprimiéndose las pruebas documentales , como el EUR-1 , el EUR-MED , así como las declaraciones de origen que se extienden en el marco del sistema de exportador autorizado a efectos de origen y en los casos de envíos que no excedan de un valor de 6000 €.
En este sentido , se está procediendo en las negociaciones de los futuros acuerdos preferenciales que está llevando a cabo la UE ( Australia , Nueva Zelanda , etc .) y en las modificaciones que se están realizando de los acuerdos ya existentes ( Méjico , Chile , etc .).
Lógicamente el proceso de cambio es lento y convivirán por un largo periodo de tiempo las comunicaciones sobre el origen del sistema REX con las pruebas de origen existentes antes de la introducción del REX .
DEFINICIÓN
La comunicación sobre el origen es la declaración del origen sobre el carácter originario de las mercancías que extenderá el exportador , registrado o no , según proceda , en la factura o cualquier otro documento comercial relacionado con el envío , como un albarán , nota de entrega , packinglist ) cuando los productos que exporte cumplan las normas de origen del régimen preferencial ( acuerdo o régimen unilateral de la UE ) que prevea esta prueba del origen , y la remitirá al importador para que este pueda disponer de ella como la prueba de origen que le otorgará a la importación de la mercancía que ampara los beneficios arancelarios establecidos en el régimen preferencial que sea de aplicación .
Para tener derecho a extender una comunicación sobre el origen el operador económico necesita un registro válido en el sistema de exportador registrado-REX . No obstante , para las mercancías originarias de un valor que no supere 6000 € ( 10 000 € en el PTU ), cualquier exportador puede extender la comunicación sobre el origen , sin obligación de estar registrado .
VER apartado 2.3.3 de esta guía sobre el exportador registrado .
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JUSTIFICACIÓN DEL ORIGEN