16 de febrero 2022 | Page 227

COSTA DE MARFIL ( Protocolo 1 )
Acuerdo de Asociación Económica preliminar , Decisión 2009 / 156 / CE , publicado en DOUE serie L 59 de 03-03-2009 , p . 3
Aplicación provisional desde el 3 de septiembre de 2016 según la Notificación publicada en el DOUE serie L 272 de 07-10- 2016 , p . 1
Diagonal Total
Art . 6 , 7 y 8
Lista Anexo II
Tolerancia 10 % UE
15 % Costa Marfil
Art . 4
Sí = 10 % Art . 14
NO
Para la UE :
Declaración de origen REX
Para Costa de Marfil :
EUR-1 ( 3 años desde vigor )
Declaración de origen export autorizado ( 3 años desde vigor )
500 € pequeños envíos
1200 € viajeros
Art . 26
Declaración de origen REX ( a partir de 3 años desde vigor )
Art . 17
Protocolo 1 Decisión N ª 2 / 2019 del Comité del AAE creado por el Acuerdo de Asociación Económica Preliminar entre Costa de Marfil , y la CE , de 2 de diciembre de 2019 , sobre la adopción del Protocolo n º 1 relativo a la definición del concepto de productos originarios y a los métodos de cooperación administrativa , publicada en el DOUE serie L 49 de 21-02-20 , p . 1
Entrada en vigor del Protocolo 1 el 2 de diciembre de 2019
Diagonal Total
( UE , ACP , PTU , SPG )
Art . 6 , 7 y 8 .
Lista Anexo II
Lista Anexo II-A ( 5 años sólo Costa Marfil )
Tolerancia 10 % UE
15 % Costa Marfil
Sí = 10 %
Art . 14
NO
Exportaciones de la UE :
REX .
Exportaciones de Costa de Marfil :
EUR-1 o
Declaración de origen export autorizado
500 € pequeños envíos
1200 € viajeros
Art . 26
Art . 4
( 3 años desde vigor )
REX ( tras los 3 años )
Art . 17 y 21 .
Declaración proveedor , Art . 27 .
E . E . E . ( Protocolo n º 4 ) Pan euro mediterráneo
Ampliación Croacia : Modificación del protocolo 4 por Decisión del comité mixto del EEE n º 70 / 2015 publicada en DOUE serie L n º 129 de 19-05-16 , p . 54
Diagonal
***
Art . 3
Total – Art . 2 ( UE , NO , IS , LI )
Lista Anexo II
Tolerancia10 % Art . 5
Sí = 10 %
Art . 11
Sí Art . 14
Art . 16 EUR-1 EUR-MED
Art . 21 Decla . Fact . y Declar . Fact . EUR-MED
500 € pequeños envíos
1200 € viajeros
Art . 26
Declaración
Proveedor : Art . 27
ANEXO V 228