16 de febrero 2022 | Page 14

1.5 . DEFINICIONES PREVIAS
Comentarios :
— Si a la importación en la UE de este producto originario de Kenia se presenta una comunicación sobre el origen ( REX ) que es la prueba de origen que ha sustituido desde el 31-12-17 en Kenia al certificado FORM-A , establecido para la aplicación de las preferencias del SPG ( sistema de preferencias generalizado ,) el tipo de arancel a aplicar sería el del SPGL ( régimen general ) que es el 20,5 %.
— Si se presentase un EUR-1 expedido en base al acuerdo de asociación EPA el tipo arancelario sería del 0,0 %.
— El exportador en Kenia podrá extender una comunicación sobre el origen o solicitar a las autoridades competentes de Kenia que le expidan un EUR-1 siempre que disponga de los justificantes sobre el cumplimiento de las normas de origen establecidas en la legislación de la Unión que es de aplicación :
— SPG : las normas de origen del SPG se encuentran recogidas en : — Reglamento ( UE ) N º 952 / 2013 por el que se establece el código aduanero de la Unión
( CAU ), publicado en DOUE serie L n º 269 de 10-10-13 , p 1 ( en adelante CAU ).
Reglamento Delegado ( UE ) 2015 / 2446 , por el que se completa el Reglamento ( UE ) N º 952 / 2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión publicado en DOUE serie L n º 343 de 29-12-15 , p 1 , ( llamado Acto Delegado , en adelante AD-CAU ).
Reglamento De Ejecución ( UE ) 2015 / 2447 , por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento ( UE ) n º 952 / 2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el código aduanero de la Unión , publicado en DOUE serie L n º 343 de 29-12-15 , p 558 ( llamado Acto de Ejecución , en adelante AE-CAU ).
— ACP - EPA RAM (*) - Anexo II las normas de origen en Reglamento ( UE ) 2016 / 1076 del Parlamento Europeo y del Consejo , publicado en DOUE serie L 185 de 08-07-2016 , p 1 ( versión refundida ). — VER : La comunicación sobre el origen ( REX ) en el apartado 2.3.1.7 del capítulo 2 de esta guía .
NOTA :
A los efectos de determinar las medidas a aplicar a la importación de un producto en la UE , es condición indispensable conocer la clasificación arancelaria de este , materia que no aborda la presente guía de origen , para obtener información sobre clasificación arancelaria puede consultarse la GUÍA DE ARANCEL .

1.5 . DEFINICIONES PREVIAS

Antes de abordar las normas de origen es conveniente introducir una serie de definiciones sobre conceptos en base a los cuales van a girar los criterios de determinación del origen ; así , se entenderá por :
— MATERIA : todo ingrediente , materia prima , componente o pieza , etc ., utilizado en la fabricación del producto .
— PRODUCTO : el producto fabricado incluso cuando esté prevista su utilización posterior en otra operación de fabricación .
— MERCANCIAS : tanto las materias como los productos .
— FABRICACIÓN : todo tipo de elaboración o transformación , incluido el montaje o las operaciones concretas .
14
ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS
Ejemplo :
Es evidente que para fabricar unas galletas rellenas de mermelada – producto de la partida arancelaria 1905.31.91 son necesarios ingredientes – materias , tales como :
azúcar ( 17.01 ), harina ( 11.01 ), mermelada de fresa ( 20.07 ), huevos ( 04.07 ), leche ( 04.01 ). A su vez , algunas de estas materias son productos obtenidos con otras materias base ; así , la mermelada de fresa requerirá para su obtención fresas frescas ( 08.10 ) y azúcar ( 17.01 ); la harina será el producto obtenido de la molienda del trigo ( 10.01 ) y el azúcar puede estar fabricado de la caña de azúcar ( 12.12 ).
— CAPÍTULOS Y PARTIDAS : Los capítulos y las partidas ( de cuatro cifras ) utilizadas en la nomenclatura que constituye el Sistema armonizado de designación y codificación de mercancías .
— ENVÍO : Los productos que se envían , bien al mismo tiempo de un exportador a un destinatario , o al amparo de un documento único de transporte que cubra su envío del exportador al destinatario o , en ausencia de dicho documento , al amparo de una factura única .