La aplicación de este AAE se recoge en las siguientes notificaciones :
— Aplicación provisional desde el 10 de octubre de 2016 para la UE y Botsuana , Lesoto , Namibia , Sudáfrica y Suazilandia , según la
notificación publicada en el
DOUE serie
L 274 de 11-10-2016 , p 1 .
— AAE ( EPAs ) PEDIENTES DE APLICACIÓN O DE LOGRAR EL ACUERDO COMUNIDAD DE ÁFRICA ORIENTAL
Eastern Africa Community ( EAC ): Burundi , Kenia , Ruanda , Tanzania y Uganda .
Por el
Reglamento 527 / 2013 del Consejo y el Parlamento , publicado en
L 165 de 18-06-2013 , p 59 , se retiró , con efecto a partir del 01 / 10 / 2014 , los beneficios del Reglamento de Acceso al Mercado ( RAM ) a los países que no habían tomado las medidas necesarias para la ratificación de los acuerdos de asociación económica ( EPA ) celebrados con la UE , mediante la eliminación de ellos del anexo I del Reglamento RAM ( CE ) n º 1528 / 2007 , encontrándose entre ellos Kenia .
En el Artículo 5 ( 3 ) del
Reglamento n º 978 / 2012 del Consejo , publicado en
L n º 303 de 31-10-2012 , p1 ( reglamento de base SPG ), se faculta a la Comisión para adoptar actos delegados para modificar el anexo II de dicho reglamento de base SPG .
Sobre esa base jurídica , la Comisión adoptó el acto delegado por el
Reglamento Delegado 1016 / 2014 que modifica el anexo II del Reglamento 978 / 2012 , publicado en
L283 de 27-09-14 , p 23 con el fin de reintegrar a Kenia , que debe añadirse al anexo II del Reglamento de base SPG con aplicación desde el 1 de octubre de 2014 , así como a otros siete países .
— La República de Kenia y la Unión Europea y sus Estados miembros concluyeron las negociaciones de un Acuerdo de Asociación Económica el 16 / 10 / 2014 ( EPA : EAC-UE ).
Así pues , Kenia se beneficia sólo del SPG entre el 1 / 01 / 2014 y el 24 / 12 / 2014 . En consecuencia , los certificados EUR . 1 que pueden haber sido emitidos durante este período no son válidos . Desde la reintroducción de Kenia en el anexo I del RAM se aplica de nuevo el tratamiento preferencial del RAM en espera de la entrada en vigor del EPA : UE-EAC . No es posible la aplicación retroactiva del RAM para el periodo 01 / 10 / 2014 - 24 / 12 / 2014 .
— Kenia y Ruanda firmaron el AAE en septiembre de 2016 , solo Kenia lo ha ratificado . Para que el AAE entre en vigor , los tres miembros restantes de la EAC deben firmar y ratificar el acuerdo .
EL FUTURO DE LAS NORMAS DE ORIGEN
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